Corte Constitucional. Recordó que los fondos de pensiones no puede exigir para el reconocimiento de la pensión requisitos distintos a los indicados por ley.
Corte Constitucional
Sentencia T-777
18-12-2015
Corte Constitucional recordó que los fondos de pensiones no puede exigir para el reconocimiento de la pensión requisitos distintos a los indicados por ley.