¿Los servicios prestados de mantenimiento de equipos biomédicos a hospitales e IPS, están gravados con IVA?
¿Los servicios prestados de mantenimiento de equipos biomédicos a hospitales e IPS, están gravados con IVA?
El Dr. Diego Guevara menciona que los servicios que pueden cobrarse sin IVA a las EPS, son los contemplados en el artículo 476 del Estatuto Tributario, es decir, los servicios relacionados con el plan obligatorio de salud, el cual fue reglamentado por el artículo 1 del Decreto 841 de mayo de 1998, y posteriormente recopilado en el Decreto 1625 de 2016.
La DIAN, entre otros aspectos, se ha manifestado para informar que, por ejemplo, los servicios de vigilancia deben ser cobrados con IVA a las EPS porque no son necesarios para la ejecución de los planes obligatorios de salud.