Con la entrada en vigencia de la Ley 1607 de 2012 se eliminaron las tarifas diferenciales existentes y se dio lugar a las tarifas del 5% y del 0%, esta última aplicada a los productos exentos. Dichas modificaciones empezaron a ser aplicadas, según disposición legal, a partir del 1 de enero de 2013.
Con la entrada en vigencia de la Ley 1607 de 2012 se eliminaron las tarifas diferenciales existentes y se dio lugar a las tarifas del 5% y del 0%, esta última aplicada a los productos exentos. Dichas modificaciones empezaron a ser aplicadas, según disposición legal, a partir del 1 de enero de 2013.
Por tanto, los servicios a los cuales se les deberá aplicar la tarifa del 5% son:
Normatividad utilizada:
Artículo 468-3 del Estatuto Tributario