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Si ya no se exige imprimir libros oficiales, ¿pasaría lo mismo con notas y comprobantes de diario?

Los cambios que el Decreto-Ley Antitrámites le hizo al Código de Comercio sólo contemplan la posibilidad de llevar los libros oficiales y auxiliares en forma electrónica, pero no podría decirse lo mismo sobre los soportes de la contabilidad como las notas de contabilidad y los comprobantes de diario, así sean generados por un software.

Fecha de publicación: 18 de abril de 2012
Si ya no se exige imprimir libros oficiales, ¿pasaría lo mismo con notas y comprobantes de diario?
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Los cambios que el Decreto-Ley Antitrámites le hizo al Código de Comercio sólo contemplan la posibilidad de llevar los libros oficiales y auxiliares en forma electrónica, pero no podría decirse lo mismo sobre los soportes de la contabilidad como las notas de contabilidad y los comprobantes de diario, así sean generados por un software.

Contenido

  • Repaso sobre cambios realizados por el Decreto-Ley antitrámites 019 al Código de comercio en materia de Libros oficiales de contabilidad
  • Comentarios sobre lo que se indica en los artículos 123 y 124 del Decreto 2649 de 1993 en relación con los soportes de una contabilidad

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