La característica principal de una sociedad offshore es que no puede realizar negocios en el territorio donde esté constituida la empresa ya que pasaría a ser una sociedad onshore. Se pueden refugiar en paraísos fiscales. Personalidades están involucradas.
La característica principal de una sociedad offshore es que no puede realizar negocios en el territorio donde se encuentre constituida la empresa, ya que pasaría a ser una sociedad onshore. Diferentes personalidades del mundo se encuentran involucradas en escándalos por ocultar sus fondos mediante dichas sociedades offshore.
Abril del 2016 comenzó con la noticia de que personalidades del mundo empresarial, político, deportivo y cultural crearon sociedades opacas en Panamá. Lionel Messi, Pedro Almodóvar, Mauricio Macri, la infanta Pilar de Borbón, la familia Domecq y Michel Platini, entre otros nombres, aparecen en un listado de personas que supuestamente han ocultado sus fondos en dicho país a través de sociedades offshore.
Una sociedad offshore es una empresa cuya característica principal es que está registrada en un país en el cual no realiza ninguna actividad económica. Los países en los que están radicadas suelen ser paraísos fiscales, para beneficiarse de las ventajas fiscales que estos ofrecen.
Por otra parte, las personas extranjeras que controlan este tipo de sociedad utilizan el paraíso fiscal como domicilio legal.
Tres son las grandes ventajas que aporta una sociedad offshore: protección de activos, confidencialidad y privacidad, y ventajas fiscales.
Según Off Shore Finance, “la característica principal de una sociedad offshore es que no puede realizar negocios en el territorio donde esté constituida la empresa ya que pasaría a ser una sociedad onshore, es decir, el paraíso fiscal le haría tributar como cualquier sociedad registrada en el país y los tipos impositivos serían muy similares a los de una empresa constituida en un país de altos impuestos”.
La constitución de una sociedad offshore no supone una ilegalidad en sí misma, según expertos consultados por la agencia EFE, ya que el delito está en los fines para los que se crea, como cuando el objetivo es defraudar al fisco.
José Luis Groba, inspector de Hacienda de España, afirma que «no es ilegal que una multinacional constituya filiales extraterritoriales para operar en territorios de baja tributación, ya que el problema está cuando se utilizan esas sociedades para esconder beneficios procedentes de actividades delictivas u ocultar patrimonio para evitar el pago de impuestos en el país de residencia».
De tal manera, recurrir a sociedades offshore no es ilegal en sí; sin embargo, detrás de estas estructuras opacas hay dinero muy negro, procedente de actividades criminales –droga, terrorismo, delincuencia–, dinero negro –obtenido mediante corrupción– y dinero gris –obtenido de la optimización fiscal–.