De acuerdo con lo establecido en el inciso primero del artículo 240 del Estatuto Tributario, modificado por el artículo 7 de la Ley de Inversión Social 2155 de 2021, la tarifa general del impuesto de renta 2022 para personas jurídicas será del 35 %. El artículo 7 de la Ley 2155 de 2021 modificó el inciso 1 y adicionó […]
De acuerdo con lo establecido en el inciso primero del artículo 240 del Estatuto Tributario, modificado por el artículo 7 de la Ley de Inversión Social 2155 de 2021, la tarifa general del impuesto de renta 2022 para personas jurídicas será del 35 %.
El artículo 7 de la Ley 2155 de 2021 modificó el inciso 1 y adicionó un parágrafo 8 al artículo 240 del Estatuto Tributario –ET–, estableciendo que la tarifa general del impuesto sobre la renta aplicable a las sociedades nacionales y sus asimiladas, los establecimientos permanentes de entidades del exterior y las personas jurídicas extranjeras con o sin residencia en el país, obligadas a presentar la declaración anual del impuesto sobre la renta y complementario, será del 35 % a partir del año gravable 2022.
Cabe destacar que la actual versión del mencionado artículo 240 del ET contiene otras múltiples tarifas para liquidar el impuesto de renta de las personas jurídicas. Así, en su parágrafo 5 (modificado por el artículo 41 de la Ley 2068 de diciembre 31 de 2020), por ejemplo, se relacionan los diferentes contribuyentes que podrán aplicar la tarifa reducida del 9 %. Entre estos figuran algunos hoteles y nuevos proyectos de parques temáticos.
De igual forma, el nuevo parágrafo 8 del artículo 240 del ET estipula que las entidades financieras deberán liquidar unos puntos adicionales al impuesto de renta y complementario durante los siguientes cuatro años a partir de 2022. Desde el año gravable 2022, se adicionará un 3 % sobre la tarifa general del impuesto, y así quedará del 38 % para los años gravables 2022 al 2025 (35 % de la tarifa general + 3 % de sobretasa).