Quienes tienen diez trabajadores o menos, valor de activos inferiores a 500 salarios mínimos mensuales legales vigentes o ingresos anuales que no excedan los 6.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes pueden operar en el grupo 3, aplicando una contabilidad simplificada.
Quienes tienen diez trabajadores o menos, valor de activos inferiores a 500 salarios mínimos mensuales legales vigentes o ingresos anuales que no excedan los 6.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes pueden operar en el grupo 3, aplicando una contabilidad simplificada.