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Tratamiento contable de las inversiones en criptomonedas

Respuesta de Juan David Maya a la pregunta

¿Cuál es el tratamiento contable que debe aplicar una entidad del grupo 2 a las inversiones en criptomonedas?

Fecha de publicación: 19 de septiembre de 2018
Tratamiento contable de las inversiones en criptomonedas
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Respuesta de Juan David Maya a la pregunta

¿Cuál es el tratamiento contable que debe aplicar una entidad del grupo 2 a las inversiones en criptomonedas?

Juan David Maya, experto y consultor en Normas Internacionales de Información Financiera aclara que el tema de las inversiones en criptomonedas no cuenta con una sección en particular dentro de los Estándares Internacionales respecto a las instrucciones a seguir para efectuar el adecuado reconocimiento y medición de este tipo de operaciones, debido a que es un tema relativamente nuevo.

Pese a ello, como algunas empresas están dando apertura a este tipo de negociaciones, las mismas tienen que buscar alternativas para incorporar dichas operaciones en los respectivos informes financieros.

En ese sentido se precisa que, según el juicio profesional de nuestro consultor, las inversiones en criptomonedas podrían ser clasificadas como otros activos no financieros y medidas al valor razonable.