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Tratamiento de ingresos en arrendamiento de bienes inmuebles en la declaración de renta

Hasta el cierre del año gravable 2018 las personas naturales residentes obligadas a declarar deberán usar el sistema de cedulación implementado por la Ley 1819 de 2016. Por lo tanto, los ingresos por arrendamiento de bienes inmuebles deberán ser declarados en la cédula de rentas de capital.

Fecha de publicación: 30 de abril de 2019
Tratamiento de ingresos en arrendamiento de bienes inmuebles en la declaración de renta
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Hasta el cierre del año gravable 2018 las personas naturales residentes obligadas a declarar deberán usar el sistema de cedulación implementado por la Ley 1819 de 2016. Por lo tanto, los ingresos por arrendamiento de bienes inmuebles deberán ser declarados en la cédula de rentas de capital.

A continuación, daremos respuesta a la siguiente pregunta: ¿Cómo debe declarar una persona natural que solo recibe ingresos por arriendo de inmuebles?

Por el año gravable 2018, las personas naturales que se encuentren obligadas a declarar deberán hacerlo conforme al sistema de cedulación del formulario 210, el cual se encuentra divido en cinco cédulas, de acuerdo al tipo de ingresos que perciba el contribuyente. Por lo tanto, las personas naturales que reciban ingresos por arrendamiento de bienes inmuebles, deberán declararlos en la cédula correspondiente a rentas de capital; teniendo la posibilidad de enfrentarles los costos y gastos necesarios para la generación de dichos ingresos, al igual que detraer de los mismos las rentas exentas y deducciones imputables a dicha cédula, teniendo en cuenta el límite de 1.000 UVT ($33.156.000 para 2018) respecto del ingreso neto después de costos y gastos. Para la determinación del impuesto sobre la renta líquida cedular se aplicará la tabla del numeral 2 del artículo 241 del Estatuto Tributario –ET– (antes de ser modificado por el artículo 26 de la Ley 1943 de 2018).

Sin embargo, para el año gravable 2019 la persona natural que perciba ingresos por arrendamientos deberá tener en cuenta que la Ley de financiamiento 1943 de 2018 modificó el sistema cedular reduciéndolo a tres cédulas (general, pensiones y dividendos y participaciones; ver nuestro editorial titulado Ley de financiamiento introduce cambios sobre el impuesto de renta de personas naturales). En este sentido, respecto a la declaración de dichos ingresos se tiene que estos deberán ser incluidos en la cédula general, integrada por las rentas de trabajo, de capital y no laborales.

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