La renta presuntiva es un sistema que permite determinar el impuesto de renta basado en el patrimonio poseído por el contribuyente en el último día del año gravable anterior. En este sentido el Decreto 2250 de 2017 reglamentó el tratamiento de esta renta en el nuevo sistema cedular.
La renta presuntiva es un sistema que permite determinar el impuesto de renta basado en el patrimonio poseído por el contribuyente en el último día del año gravable anterior. En este sentido el Decreto 2250 de 2017 reglamentó el tratamiento de esta renta en el nuevo sistema cedular.
Al momento de elaborar la declaración de renta de una persona natural, se debe tener en cuenta el cálculo de la renta presuntiva que según lo estipulado en el artículo 188 del ET, modificado por el artículo 95 de la Ley 1819 de 2016, corresponde a una tarifa del 3.5 % para el año gravable 2017 y siguientes.
Igualmente cabe mencionar que esta reforma tributaria fijó tres tablas para la determinación del impuesto correspondiente a cada renta líquida ordinaria, pero no estableció cuál de ellas aplicaría cuando la renta presuntiva fuera mayor a la sumatoria de las cinco rentas líquidas cedulares. Con el DUT 1625 de 2016, se estableció que, de presentarse esta situación, todo el valor correspondiente a la renta presuntiva se llevaría a la cédula de rentas no laborales, generando así entre otras dificultades el incremento de la renta líquida de esta cédula, razón por la que, con el Decreto 2250 del 29 de diciembre de 2017 se realizaron varias modificaciones al DUT 1625 de 2016 con el objetivo, de definir varias reglamentaciones respecto del tema.
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