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Tratamiento de las cesantías como un ingreso no gravado en la declaración de renta

Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta

Las cesantías consignadas a los fondos privados ¿pueden ser tratadas como un ingreso no gravado en la declaración de renta?

Resueltas octubre 18 de 2018

Fecha de publicación: 2 de noviembre de 2018
Tratamiento de las cesantías como un ingreso no gravado en la declaración de renta
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta

Las cesantías consignadas a los fondos privados ¿pueden ser tratadas como un ingreso no gravado en la declaración de renta?

Resueltas octubre 18 de 2018

Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios menciona que las cesantías consignadas a partir de febrero de 2017 y siguientes deben ser tomadas como un ingreso fiscal por las personas naturales obligadas a declarar renta.

Es de anotar que, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 4 del artículo 206 del Estatuto Tributario, disposición que fue reglamentada mediante el artículo 1.2.1.20.7 del Decreto 1625 de 2016 (modificado a su vez, mediante el Decreto 2250 de 2017), los ingresos de las cesantías deben ser tratados como renta exenta, situación que beneficia tanto al que tributa con la renta ordinaria, como al que lo hace por la renta presuntiva.