Cuando una entidad adquiere acciones en una relación que se clasificará como asociada medida por el método de participación, debe seguir un procedimiento especial en la contabilización de esta inversión, incluyendo la plusvalía, la prima pagada, y la medición posterior.
Cuando una entidad adquiere acciones en una relación que se clasificará como asociada medida por el método de participación, debe seguir un procedimiento especial en la contabilización de esta inversión, incluyendo la plusvalía, la prima pagada, y la medición posterior.
Las inversiones en asociadas pueden medirse utilizando cualquiera de las tres metodologías citadas en el párrafo 14.4 del Estándar para Pymes. Este párrafo establece que la entidad debe elegir un modelo y aplicarlo a todas sus inversiones en asociadas.
a. Modelo del costo.
b. Modelo del valor razonable.
c. Método de participación patrimonial.
Si la entidad decide usar el método de la participación, debe seguir las instrucciones contenidas en el párrafo 14.8 del Estándar para Pymes. En dicho método las variaciones del patrimonio de la entidad participada (la entidad en la cual se tiene la inversión) se ven reflejadas en los estados financieros del inversor (la entidad que adquirió la participación). [pq]En la medición inicial, la entidad debe medir la participación adquirida al costo y distribuirlo entre el valor razonable de la participación adquirida y cualquier plusvalía pagada en la adquisición[/pq].
Suponga que Vástago Bienes y Capitales SAS adquiere una participación del 30 % en una sociedad nacional. La entidad participada emitió acciones con valor nominal de $50.000.000, y las vendió con una prima por un valor total de $100.000.000.
El patrimonio de la entidad participada, justo después de la emisión de acciones, se compone de lo siguiente:
Efectivo y equivalentes |
$45.000 |
Inventarios |
$20.000 |
Instrumentos financieros |
$35.000 |
Propiedades, planta y equipo |
$130.000 |
Intangibles |
$40.000 |
Pasivos |
-$20.000 |
Patrimonio |
$250.000 |
La entidad debe medir su participación en el valor razonable de la participación adquirida, para lo cual debe, en primer lugar, evaluar el valor razonable de cada uno de los activos y pasivos, y multiplicarla por su porcentaje de participación, así:
Valor en libros |
Valor razonable |
|
Efectivo y equivalentes |
$45.000 |
$45.000 |
Inventarios |
$20.000 |
$17.000 |
Instrumentos financieros |
$35.000 |
$38.000 |
Propiedades, planta y equipo |
$130.000 |
$160.000 |
Intangibles |
$40.000 |
$40.000 |
Pasivos |
-$20.000 |
-$20.000 |
Patrimonio |
$250.000 |
$280.000 |
Se puede observar que el patrimonio de la entidad participada, medido al valor razonable, asciende a los $280.000.
La participación de Vástago Bienes y Capitales SAS, equivalente al 30 %, es de $ 84.000. Debido a que esta entidad pagó $100.000 por la participación, debe reconocer una plusvalía por la diferencia, es decir, por $16.000.
La contabilización de esta adquisición es la siguiente:
Cuenta |
Débito |
Crédito |
Inversión en asociadas |
$84.000 |
|
Plusvalía en adquisición de asociada |
$16.000 |
|
Bancos |
|
$100.000 |
Como puede observarse, la inversión en los estados financieros del inversor no coincide con el 30 % del valor patrimonial de la participada. Esto es totalmente normal, porque esta en los estados financieros del inversor se está midiendo enteramente a valor razonable, mientras que el valor en libros de la participada se mide de acuerdo con los requerimientos para cada uno de los rubros de sus estados financieros.
De allí en adelante, la entidad debe aplicar el método de la participación, según el cual las variaciones patrimoniales reflejadas en los estados financieros de la asociada afectan los estados financieros de la entidad inversora, en el mismo porcentaje de su participación.
Suponga que el patrimonio de la entidad participada presentó el movimiento que se presenta a continuación para el corte siguiente al de la adquisición:
A la fecha de adquisición |
Corte siguiente |
|
Aportes de capital |
$50.000 |
$50.000 |
Ganancias retenidas |
$200.000 |
$200.000 |
Utilidad del ejercicio |
$0 |
$60.000 |
Total patrimonio |
$250.000 |
$310.000 |
Como se puede apreciar, el patrimonio de la participada se incrementó en $60.000, por efecto de las utilidades del período. Por su parte, la entidad inversora debe reconocer, en su estado del resultado integral, un ingreso por aplicación del método de la participación, así:
Variación total: $60.000
Participación del 30 %: $18.000
Cuenta |
Débito |
Crédito |
Inversión en asociadas |
$18.000 |
|
Ingresos ordinarios, método de la participación |
|
$18.000 |
El valor de la inversión, después de la aplicación del método de participación, se presentará así:
Costo. |
$84.000 |
Incremento por aplicación del método de participación. |
$18.000 |
Valor total de la inversión: |
$102.000 |
Si toma el valor patrimonial de la participada ($310.000) y lo multiplica por el porcentaje de participación del 30 %, el resultado no va a corresponder con el valor registrado por el inversor en sus estados financieros. Las razones son las mismas expuestas anteriormente.
CP. Juan David Maya Herrera
Consultor de Estándares Internacionales de Información Financiera
Certificación Internacional por el ICAEW en IFRS Full (NIIF Plenas)
*Exclusivo para Actualícese