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Tratamiento fiscal de inversiones en acciones en la declaración de renta de persona natural

Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta 
 
¿Las inversiones en acciones de una persona natural deben ser incluidas en la declaración de renta? ¿Qué variables deben considerarse para determinar el respectivo valor patrimonial? 

Pregunta resuelta el 25 de abril de 2019 

Fecha de publicación: 30 de abril de 2019
Tratamiento fiscal de inversiones en acciones en la declaración de renta de persona natural
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta

¿Las inversiones en acciones de una persona natural deben ser incluidas en la declaración de renta? ¿Qué variables deben considerarse para determinar el respectivo valor patrimonial?

Pregunta resuelta el 25 de abril de 2019

Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios afirma que las acciones que tenga una persona natural son derechos que posee y por tanto deben ser incluidos dentro del patrimonio fiscal para efectos de la declaración del impuesto sobre la renta, pues en virtud de lo establecido en el artículo 261 del Estatuto Tributario el patrimonio bruto está constituido por el total de los bienes y derechos apreciables en dinero poseídos por el contribuyente en el último día del año o período gravable. El valor de las acciones, aportes y demás derechos en sociedades deben ser declarados por su costo fiscal (ver artículo 272 del ET), o de acuerdo con las disposiciones señaladas en el artículo 73 del ET.

Para leer más sobre este tema, vaya a Determinación del costo de los activos fijos y porcentajes históricos de reajuste fiscal.