Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta
¿Qué tratamiento tributario aplica en los contratos de corretaje?
Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta
¿Qué tratamiento tributario aplica en los contratos de corretaje?
Resueltas 27 de Diciembre de 2017
Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios, señala que el contrato de corretaje es mencionado en el Código de Comercio, puntualmente en el artículo 1340. Ahora bien, desde el punto de vista tributario lo que se obtiene en la ganancia por la intermediación en los contratos de corretaje, se trata como comisiones, las cuales, en tanto no sean exentas (ver artículo 476 del ET) estarán gravadas con IVA.
Por otro lado, cuando se trata de un contribuyente que se encuentra obligado a declarar renta estas comisiones generadas en los contratos de corretaje deben ser incluidas, pudiéndosele asociar tanto los costos como los gastos que fueron necesarios para la obtención del ingreso en mención.