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Tratamiento tributario en renta de la medicina prepagada de un rentista de capital

¿Los pagos cancelados por concepto de medicina prepagada pueden ser imputados en la declaración de renta de un rentista de capital?

Fecha de publicación: 6 de octubre de 2020
Tratamiento tributario en renta de la medicina prepagada de un rentista de capital
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Responde conferencista: Diego Guevara

¿Los pagos cancelados por concepto de medicina prepagada pueden ser imputados en la declaración de renta de un rentista de capital?

Pregunta resuelta septiembre 24 de 2020

En este consultorio, el Dr. Diego Guevara, especialista en temas contables y tributarios establece si es o no posible imputar en la declaración de renta de una persona natural que califica como rentista de capital los pagos realizados a la medicina prepagada.

Vale le pena destacar que, de acuerdo con las normas vigentes, en la declaración de renta de las personas naturales, que a su vez son residentes, se debe utilizar el formulario 210 y hacer la depuración de sus ingresos mediante el uso del sistema cedular integrado por los elementos señalados a continuación:

  1. Cédula general.
  2. Cédula de pensiones.
  3. Cédula de dividendos y participaciones.