Las vacaciones laborales corresponden a 15 días hábiles de descanso remunerado por cada año de servicio según lo señalado en el artículo 186 y siguientes del Código Sustantivo del Trabajo. A continuación, presentamos 10 respuestas clave a preguntas sobre el tema.
Las vacaciones laborales corresponden a 15 días hábiles de descanso remunerado por cada año de servicio según lo señalado en el artículo 186 y siguientes del Código Sustantivo del Trabajo. A continuación, presentamos 10 respuestas clave a preguntas sobre el tema.
Pago de vacaciones en contratos de tiempo parcial
Cuando se procede a efectuar el pago de las vacaciones no debe importar si el contrato es a término fijo o indefinido, a tiempo completo o parcial, pues lo único que debe ser fijado con total claridad es el valor del salario mensual y el número de días trabajados, porque sobre ellos se realiza el cálculo.
Dicho lo anterior se precisa, que todo trabajador tendrá derecho a disfrutar de 15 días de descanso remunerado cuando se ha laborado durante todo un año según lo indicado en el artículo 186 y siguientes del Código Sustantivo del Trabajo.
Vinculación de empleado a otra empresa en período de vacaciones
Por regla general toda persona vinculada a través de un contrato de trabajo tiene derecho a disfrutar 15 días de descanso remunerado cuando se ha laborado todo el año conforme a lo establecido en el artículo 186 y siguientes del Código Sustantivo del Trabajo.
Es de anotar que durante el período de vacaciones el trabajador puede desarrollar otras actividades en otras empresas siempre y cuando no se haya pactado en el contrato inicial cláusulas de no concurrencia de contratos o de exclusividad.
Pago de vacaciones tomadas entre diciembre y enero para trabajador que gana un salario mínimo
Dentro de las diversas obligaciones que debe cumplir una empresa cuando vincula una persona mediante la modalidad de contrato de trabajo, está la de pagar las vacaciones.
Recordemos, que las vacaciones corresponden a 15 días de descanso remunerado una vez se ha cumplido el año de servicio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 187 y siguientes del Código Sustantivo del Trabajo, obligación laboral que deberá ser cancelada, tomando como base el último salario devengado por el trabajador.
Por último, se precisa que las vacaciones de los trabajadores serán liquidadas tomando como base el último salario devengado al momento de entrar a disfrutar dicho, período, es decir que si la persona toma vacaciones en diciembre se tomará el valor del salario de noviembre.
Procedencia del pago de prestaciones sociales en contratos de prestación de servicios
Cuando se firma una relación de carácter laboral el empleador tiene la obligación de realizar el pago de las prestaciones sociales que incluye, las cesantías, prima de servicios, vacaciones, y los intereses de cesantías. Sin embargo, cuando se vincula una persona a una empresa mediante un contrato de prestación de servicios, lo que se genera es una relación de carácter civil, por tal razón el contratante no tiene la obligación de realizar el pago de las prestaciones sociales.
Fraccionamiento y compensación del período de vacaciones
En los artículos 186 y siguientes del Código Sustantivo del Trabajo se pueden estudiar diversos factores relacionados directamente con el tratamiento de la liquidación y pago de las vacaciones laborales. En ese sentido, se precisa que las vacaciones laborales pueden ser disfrutadas por todas las personas que suscriben contratos de carácter laboral. Dicho beneficio corresponde a 15 días de salario remunerado, los cuales deberán ser cancelados tomando como base el último salario devengado por el trabajador.
Igualmente, es muy importante tener presente que la empresa se encuentra de acuerdo con lo claramente estipulado en el CST, facultada para compensar hasta la mitad del período de las vacaciones en dinero.
Liquidación y pago de prestaciones sociales para empleada del servicio doméstico que labora por días
Por regla general, para efectos de determinar los pagos por concepto de prima de servicios o pago de las cesantías, se debe tener presente el número de días trabajados en el año para determinar el valor. También se debe tener presente que la base salarial por días o por horas se debe calcular conforme al salario mínimo vigente, por tal razón, si a una persona se le paga 30 mil pesos por día y solo trabaja 15 días, se tendrá que multiplicar estos dos valores para conocer el salario mensual devengado.
Por último, se aclara que así el empleado trabaje por días se tomarán las mismas fórmulas que se toman para un empleado que trabaja los 30 días, ejemplo, si se trata del pago de la prima de servicios por seis meses de trabajo se tomará el salario devengado por 180 días y dicho valor será dividido en 360 días.
Reconocimiento de vacaciones para empleados del servicio doméstico
A través de la expedición de la Ley 1788 de 2016, se estableció el pago de la prima para los empleados del servicio doméstico, prestación social que debe ser cancelada en dos cuotas en las siguientes fechas para no incurrir en moras; 30 de junio y 20 de diciembre de 2018.
Ahora bien, para dar respuesta puntualmente a la consulta, se precisa que las vacaciones corresponden a 15 días de descanso remunerado una vez se haya cumplido el año de servicio y si la persona trabaja por días se debe sacar un promedio de lo devengado en el mes.
Liquidación y pago de vacaciones laborales
En el artículo 186 y siguientes del Código Sustantivo del Trabajo, se encuentran las instrucciones para la liquidación y pago de las vacaciones laborales.
En la citada norma, se establece que las personas vinculadas a una empresa mediante contrato de trabajo tienen derecho a un descanso remunerado de 15 días cuando se cumple el año trabajo o proporcional al tiempo de servicio.
Adicionalmente, se precisa que, si dentro del período de vacaciones de un empleado se presenta una incapacidad, estas se interrumpen y pueden ser reanudadas de acuerdo con lo concertado entre las partes, es decir, el empleador y el trabajador.
Descuento en liquidación de empleado del pago de vacaciones anticipadas
Para dar respuesta a la consulta, se debe validar el artículo 187 del Código Sustantivo del Trabajo y siguientes. En la citada normatividad, se establece, entre otros aspectos, que cuando una persona se vincula mediante un contrato de trabajo, tiene derecho a que se le cancelen 15 días de salario por concepto de vacaciones, una vez haya cumplido el año de servicio. Sin embargo, si el trabajador no alcanza a cumplir el año y se termina la relación laboral, la liquidación de las vacaciones se hará en proporción al tiempo de servicio.
Deducción de aportes a seguridad social en el pago de las vacaciones compensadas en dinero
Todo trabajador tiene derecho a que se realice un pago por concepto de vacaciones, el cual corresponde a 15 días de salario, de acuerdo con lo que establece el artículo 187 y siguientes del Código Sustantivo del Trabajo.
Igualmente, se señala que, el pago recibido por el concepto de compensación de vacaciones no es factor salarial para liquidar aportes a salud y pensión, pero sí para efectos de liquidar los pagos parafiscales. Sin embargo, si el empleado opta por disfrutar las vacaciones, se debe aportar a la EPS y a la pensión, pero no la ARL.
Adicionalmente, se precisa que durante el período de vacaciones se suprime el pago del auxilio de transporte.
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