Preambulo Con fundamento en el artículo 26 de la Constitución Política de Colombia, reunidos en asamblea constitutiva, procedemos a crear la COLEGIATURA DE LOS CONTADORES PÚBLICOS DE COLOMBIA, profesión reconocida legalmente conforme al D. L. 2373 de Septiembre 18 de 1956, las Leyes 145 de diciembre 30 de 1960 y 43 de diciembre 13 de […]
Preambulo
Con fundamento en el artículo 26 de la Constitución Política de Colombia, reunidos en asamblea constitutiva, procedemos a crear la COLEGIATURA DE LOS CONTADORES PÚBLICOS DE COLOMBIA, profesión reconocida legalmente conforme al D. L. 2373 de Septiembre 18 de 1956, las Leyes 145 de diciembre 30 de 1960 y 43 de diciembre 13 de 1990, cuya estructura interna y funcionamiento se basan en principios democráticos y participativos, en los términos establecidos en el artículo 26 de la Constitución, para tal fin aprobamos y expedimos los siguientes:
Ver el Texto definitivo de los Estatutos del Colegio de Contadores Públicos de Colombia