Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Asamblea de propietarios es quien decide sobre los parqueaderos comunes


Asamblea de propietarios es quien decide sobre los parqueaderos comunes
Actualizado: 23 mayo, 2013 (hace 11 años)

El administrador es el llamado a controlar los inconvenientes que se pueden presentar con el tema de los parqueaderos de la propiedad horizontal. El parqueadero es un requisito que se le pide a las constructoras para conceder la licencia de edificación.

Analicemos brevemente el siguiente caso. ¿El conjunto residencial está obligado a dar parqueadero si tiene el espacio a todos los visitantes de un residente o puede prohibir el ingreso de visitantes cuando el lugar para este fin esté lleno?

Las propiedades horizontales tienen dos clases de parqueaderos en su interior, los privados y los comunes. Al hablar de privado es aquel espacio que deja de ser espacio común y pertenece a alguien. El dueño es el que dispone de él.

Cuando los parqueaderos no son privados sino que pertenecen a la propiedad horizontal estamos frente a parqueaderos comunes. Aquí es la asamblea de propietarios la que ha decidido, a través del manual de convivencia, la forma, los turnos, horarios, etc, en que visitantes hagan uso de estos.

Por sentido común si este tipo de parqueadero ya se encuentra lleno, pues es una obligación del administrador prohibir el ingreso de vehículos, porque fue la asamblea de propietarios la que determinó que en ese espacio solo entrarían, por ejemplo, 20 carros de visitantes, después de esa suma está prohibido.

Un dato

Los salones comunales y parqueaderos son requisitos pedidos por planeación a las constructoras para concederles la licencia de edificar; equivalen al 35% en zonas de sesión; son las conocidas zonas comunes. Para poder cobrar por ellas se debe cambiar su uso y cumplir con unas condiciones.

La DIAN ha dicho que aquellos conjuntos que cobren por el servicio de parqueadero a visitantes deberán inscribirse en el RUT y se debe solicitar la resolución que autoriza la numeración de la facturación, facturar cada uno de los servicios prestados discriminando el IVA y presentar declaraciones de IVA y Renta.

Material Relacionado

 

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
, ,