Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Aspectos básicos que hay que tener en cuenta para emitir estados financieros bajo NIIF – Gian Carlos Pertuz Pacheco


Las empresas en Colombia actualmente atraviesan por una etapa muy relevante, y es la convergencia a estándares internacionales de información financiera. Este escenario depende del grupo en el cual se hayan clasificado según la Ley 1314 del 2009; en este caso, este artículo se enfocará en la NIIF para pymes, reglamentada bajo el Decreto 3022 del 2013, que regula las entidades clasificadas en el Grupo 2.

Un aspecto muy substancial que se debe tener en cuenta en las entidades colombianas es la emisión de estados financieros al final del ejercicio, obligación que incluso está planteada en el Decreto 2649 de 1993. Pero detrás de todo este proceso surgen una serie de procedimientos que todo profesional contable debe sortear para llegar a los estados financieros, y más cuando se está iniciando un marco normativo nuevo, como es el caso de la NIIF para pymes.

Como lo habíamos mencionado anteriormente, la emisión de estados financieros devenga una serie de procesos que debemos tener en cuenta, los cuales dependerán del volumen de transacciones que cada entidad tenga, de la complejidad del modelo de negocios, estos criterios deberán ser tenidos en cuenta por el profesional contable en el momento de su aplicación para llegar a la razonabilidad de las cifras de los estados financieros, cumpliendo con las políticas contables sin llegar a incurrir en error.

La aplicación de estándares internacionales genera una serie de procesos adicionales, a los que el profesional contable colombiano está acostumbrado en su día a día a la hora de presentar estados financieros básicos; sin embargo, a continuación nombramos los que, adicional al proceso que actualmente conocemos, requieren consumar para efectos de aplicar y cumplir con los requerimientos de los estándares internacionales, dentro de los cuales debemos tener en cuenta:

a. Analizar partidas conciliatorias y realizar las reclasificaciones necesarias para que los saldos bancarios sean iguales a los saldos de los extractos.

Este procedimiento consiste en verificar que no existan partidas conciliatorias a la hora de emitir estados financieros; el usuario, tratándose de este rubro, debe conocer efectivamente cuánto es el efectivo y equivalente de efectivo que posee la entidad realmente en sus estados financieros.

b. Reconocer los intereses de los instrumentos financieros clasificados como instrumentos de deuda, que se deben medir a costo amortizado con efecto en el resultado.

Según la Sección 11, párrafo 11.8 (b) estos instrumentos se deben medir al costo amortizado utilizando el método del interés efectivo, para lo cual será necesario conocer la fórmula del valor presente, “utilizando una tasa de mercado o de un instrumento de deuda similar”; esta última puede ser el promedio de la tasa de interés de los créditos que tenga vigente la entidad.

c. Calcular y reconocer el deterioro de las cuentas por cobrar según la política.

Tal cual lo indica la norma, se deben evaluar los indicios que dan origen a un posible deterioro de cuentas por cobrar y afectar las cuentas de resultado. Para este procedimiento se deben evaluar aspectos técnicos descritos en la Sección 11, párrafos 11.21 y 11.22 respectivamente.

d. Realizar pruebas de deterioro de partidas de inventarios de lenta rotación.

Para las compañías que tengan manejo de inventarios, es necesario efectuar pruebas de deterioro como lo describe la Sección 27, párrafos del 27.2 al 27.3, y reconociendo el efecto en resultados, solo si se determina que los inventarios están deteriorados. Es importante aclarar que este deterioro es susceptible de reversión, tal cual lo plantea el párrafo 27.4.

e. Calcular y reconocer la depreciación de los activos según la vida útil NIIF.

Según lo plantea la Sección 17, en el párrafo 17.18, los activos se deben depreciar a lo largo de su vida útil estimada, definida por la Gerencia.

f. Calcular y reconocer el impuesto corriente y diferido.

Calcular y reconocer el impuesto corriente a partir de los datos fiscales, y adicional a partir de las diferencias temporarias, registrar en el resultado los activos y pasivos por impuestos diferidos, según lo descrito en la Sección 29, párrafo 29.15.

g. Identificar y documentar los hechos ocurridos después del período en que se informa, si llegan a ocurrir.

Efectuar un análisis y de acuerdo con la Sección 32, y ejecutar el procedimiento correspondiente, para conocer el efecto en los estados financieros.

Para concluir, es fundamental resaltar que estos aspectos son generalizados y básicos, pero de gran importancia, y es el propósito que el profesional contable tenga una herramienta de planeación y direccionamiento, que le ayude a organizar el aspecto más importante de los estándares internacionales, y es la presentación de reportes sobre situación y desempeño financiero.

CP. Gian Carlos Pertuz Pacheco
Email: gian.pertuz@gmail.com

Gian Carlos Pertuz Pacheco
Contador Público Titulado, especialista en Contabilidad Financiera Internacional de la Pontificia Universidad Javeriana de Bogotá.
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