Todos los sujetos pasivos del impuesto sobre la renta para la equidad –CREE– tienen la calidad de autorretenedores. De acuerdo con los ingresos brutos del contribuyente, la declaración y pago de la autorretención del CREE se puede realizar de manera mensual o cuatrimestral.
Con el artículo 20 de la Ley 1607 del 2012 se creó el impuesto sobre la renta para la equidad –CREE– y de acuerdo con el artículo 1 del Decreto 1828 del 2013 se definieron como sujetos pasivos de dicho impuesto a:
“Las sociedades, personas jurídicas y asimiladas contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta y complementarios y las sociedades y entidades extranjeras contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta, por sus ingresos de fuente nacional obtenidos mediante sucursales y establecimientos permanentes”.
Así, mediante el artículo 2 del Decreto 1828 del 2013 se estableció que todos los sujetos pasivos del impuesto sobre la renta para la equidad –CREE– tendrían la calidad de autorretenedores para efectos del recaudo y administración de dicho impuesto, motivo por el cual aquellos considerados como sujetos pasivos son los únicos que pueden declarar y pagar la retención en la fuente a título del impuesto CREE.
La autorretención del impuesto CREE debe practicarse en el momento en que al contribuyente de este tributo se le efectúe el respectivo pago o abono en cuenta. De este modo, para liquidar dicha autorretención es necesario tener en cuenta la actividad económica principal del sujeto pasivo, para que así pueda aplicar las tarifas contenidas en la tabla del artículo 2 del Decreto 1828 del 2013 (las cuales pueden ser del 0,4%, 0,8% o 1,6%); no obstante, en el mismo artículo se establece que:
“No procederá la autorretención aquí prevista, sobre los pagos o abonos en cuenta que no se encuentran gravados con el impuesto sobre la renta para la equidad –CREE– y que se restan de la base gravable de conformidad con el artículo 22 de la Ley 1607 del 2012”.
El artículo 4 del Decreto 1828 del 2013 indica que las bases para calcular la autorretención del CREE serán las mismas que se aplican para la retención del impuesto sobre la renta. Sin embargo, en tal artículo se enuncian unas reglas para establecer la base de autorretención del CREE en unos casos particulares; dichas situaciones son:
De acuerdo con el artículo 39 del Decreto 2243 del 2015, la declaración y pago de la autorretención del CREE se puede realizar de manera mensual o cuatrimestral, previo el cumplimiento de los requisitos que se detallan a continuación:
Al respecto, es importante tener en cuenta lo contemplado en el artículo 5 del Decreto 3048 del 2013:
“Los sujetos pasivos cuyo período de declaración es cuatrimestral de acuerdo con lo establecido en el artículo 3 del Decreto 1828 del 2013, que hubieren presentado la declaración de autorretención del impuesto sobre la renta para la equidad –CREE– en forma mensual, teniendo la obligación de presentarla cuatrimestralmente, deberán presentar la declaración del cuatrimestre correspondiente. Las declaraciones que se hubieren presentado de forma mensual no tienen efecto legal alguno. Los valores efectivamente pagados con dichas declaraciones podrán ser tomados como un abono al saldo a pagar en la declaración de la autorretención del impuesto sobre la renta para la equidad – CREE– del cuatrimestre correspondiente”.
(El subrayado es nuestro).
Es de tener presente que no es obligatorio presentar la declaración de autorretención del CREE en los períodos en los cuales no se hayan realizado operaciones sujetas a autorretención (ver el parágrafo 3 del artículo 3 del Decreto 1828 del 2013).
El parágrafo 1 del artículo 3 del Decreto 1828 del 2013 establece que los autorretenedores que cuenten con el mecanismo de firma digital están obligados a presentar su declaración de autorretención del CREE a través de medios electrónicos, ya que si se encuentran obligados a presentarla de dicha manera y lo hacen por un medio distinto la declaración se tendrá como no presentada.
En relación al pago, el parágrafo 2 del artículo 3 del Decreto 1828 del 2013 indica:
“De conformidad con lo consagrado en los incisos primero y quinto del artículo 580-1 del Estatuto Tributario, el pago de la autorretención a título del impuesto sobre la renta para la equidad –CREE– deberá hacerse a más tardar en la fecha del vencimiento del plazo para declarar señalado anteriormente, so pena de que la declaración no produzca efecto legal alguno”.
(El subrayado es nuestro).