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Autorretenciones del CREE practicadas en exceso se pueden descontar en períodos siguientes


Actualizado: 12 abril, 2016 (hace 8 años)

A partir del 1 de septiembre del 2013, los sujetos pasivos del impuesto sobre la renta para la equidad –CREE–, tienen la obligación de practicarse la autorretención en la fuente a título de este impuesto. Como agentes autorretenedores, puede suceder que se realicen retenciones por un valor superior al debido, o sobre conceptos no sujetos a retención por CREE; en estos casos, de acuerdo con el artículo 6 del Decreto 1828 de agosto 27 del 2013, el contribuyente tiene la posibilidad de descontar dichos valores autorretenidos en exceso o retenidos indebidamente del monto de las autorretenciones por declarar y consignar en el respectivo período. Cabe señalar que en caso de que el monto de las autorretenciones sea insuficiente, podrán hacer el descuento antes mencionado del saldo a pagar en los períodos siguientes.

Por otra parte, el artículo 5 del mismo decreto señala que cuando se anulen, rescindan o resuelvan operaciones que hayan sido sometidas a autorretención del CREE, el autorretenedor puede descontar del monto de las autorretenciones por declarar y consignar en el período en el cual se hayan anulado, rescindido o resuelto dichas operaciones, las sumas que fueron retenidas en el desarrollo de las mismas. De igual manera, en caso de que el monto de las autorretenciones sea insuficiente, el agente autorretenedor podrá efectuar el descuento del saldo en los períodos siguientes.

Sin embargo, es importante tener en cuenta que si las anulaciones, rescisiones o resoluciones se efectúan en el año fiscal siguiente a aquel en el cual se realizaron las respectivas retenciones, el descuento se podrá realizar siempre y cuando la retención no haya sido imputada en la respectiva declaración anual del impuesto sobre la renta para la equidad –CREE–.

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