Con la Ley 1819 de 2016 no solo se limitan los pagos en efectivo totales sino también las compras individuales. Por otra parte, se limita el período para compensar las pérdidas fiscales y en su régimen de transición se establece lineamientos para pérdidas generadas en renta y CREE antes de 2017.
Contador Público de la Universidad del Valle con especialización en Gerencia Tributaria y Docencia para la Educación Superior.
Con experiencia de 14 años como asesor y consultor empresarial, y experiencia en el ejercicio de la Revisoría Fiscal.
Ha dictado cátedras de Matemáticas financieras, contabilidad general, auditoría, contabilidad de costos, derecho tributario empresarial. Socio fundador y conferenciante de la compañía Grupo ACB Consultores y Asesores SAS.