Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta
¿Sobre qué base se debe liquidar la sobretasa del impuesto sobre la renta y complementarios del año gravable 2018?
Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta
¿Sobre qué base se debe liquidar la sobretasa del impuesto sobre la renta y complementarios del año gravable 2018?
Resuelta 8 de marzo de 2018
Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios, señala que para dar respuesta al interrogante se debe estudiar lo que dispone el artículo 240 del Estatuto Tributario, disposición que establece que para el año gravable 2018 a la renta líquida gravable mayor o igual a los 800 millones se le aplicará el 4% por concepto de sobretasa del impuesto de renta y complementarios.
Es de anotar que para el año gravable 2017, al superarse el límite mencionado líneas atrás, se aplicaba una tarifa del 6%.