En el caso de una sala de belleza que es persona jurídica y que vincula peluqueros del régimen simplificado con contratos de concesión, ¿cuál sería el ingreso base del IVA si recauda el ingreso total y solo un porcentaje es propio?
Resuelta 27 de julio de 2017
En el caso de una sala de belleza que es persona jurídica y que vincula peluqueros del régimen simplificado con contratos de concesión, ¿cuál sería el ingreso base del IVA si recauda el ingreso total y solo un porcentaje es propio?
Resuelta 27 de julio de 2017
Diego Guevara, contador público y líder de investigación en temas contables y tributarios, aclara que los contratos de concesión se tratan como contratos de arrendamientos. En ese sentido, se entiende que para este caso el dueño de la peluquería lo que está entregando son unos espacios para que otro pueda prestar el servicio de peluquería y pueda conseguir sus propios clientes.
Vale la pena destacar que para que los peluqueros que firmaron el contrato de concesión puedan pertenecer al régimen simplificado de IVA deben de cumplir con lo dispuesto en el artículo 499 del Estatuto Tributario.