Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta
¿Si una entidad lleva cuatro años aplicando una base incorrecta para calcular el AIU, se debe corregir las declaraciones de forma retroactiva?
Resueltas 22 de febrero de 2018
Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta
¿Si una entidad lleva cuatro años aplicando una base incorrecta para calcular el AIU, se debe corregir las declaraciones de forma retroactiva?
Resueltas 22 de febrero de 2018
Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios, indica en primer lugar que en la prestación de determinados servicios como servicios integrales de aseo, de vigilancia, servicios prestados por Cooperativas, actividades de obra civil, entre otros, se emplea la figura del AIU (Administración, Imprevistos y Utilidad) para realizar el cálculo del IVA.
Del mismo modo se menciona que si un contribuyente se encuentra aplicando la figura de AIU, sin estar autorizado para hacerlo, tendrá un plazo de dos años contados desde la fecha del vencimiento para declarar y realizar la corrección, evitando ser sancionado por la Dian.