Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Beneficios de la Ley 1429 de 2010 que continúan después de la reforma tributaria de 2016


¿Qué beneficios de la Ley 1429 de 2010 con respecto al impuesto de  renta y retención en la fuente se pierden y cuáles se mantienen con la reforma tributaria de 2016? ¿Los cambios aplican para el año gravable 2016 o 2017?

Resuelta 11   de  mayo de 2017

El Dr. Diego Guevara menciona que antes de la entrada en vigencia de la Ley 1819 de 2016 las empresas acogidas a la Ley 1429 de 2010 gozaban de tres beneficios, que veremos a continuación, durante sus primeros cinco años, o de diez (10), para los que estaban en el Amazonas, Guainía o Vaupés.

  1. No estar sujetos a renta presuntiva
  2. No sufrir retenciones en la fuente por los clientes
  3. Tributar de forma reducida y progresiva en los primeros años.

Sin embargo, a partir de la Ley 1819 de 2016 de reforma tributaria, los acogidos a la Ley 1429 de 2010, solo quedaron con el beneficio de tributar de forma reducida y progresiva en los primeros años. Ahora bien, esto solo aplica para las personas jurídicas, porque las personas naturales perdieron los tres beneficios de inmediato, por lo tanto, quedan sometidas a renta presuntiva, de conformidad con lo antes mencionado.

 

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