Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Beneficios de la Ley de formalización y generación de empleo (Ley 1429 de 2010)


Actualizado: 4 agosto, 2014 (hace 10 años)

Mediante la implementación de estrategias para la disminución de los costos de formalización y el aumento de beneficios para las pequeñas empresas y con la finalidad de incentivar la formalización y la generación del empleo, el Estado Colombiano puso en vigencia el pasado 29 de diciembre de 2010, la Ley 1429, más conocida como “Ley de formalización y generación de empleo”.

Esta normatividad indicó en sus artículos 4, 5, 6 y 7 los beneficios a los que podrán acceder las pequeñas empresas que se acojan a la Ley, dependiendo del departamento donde estas funcionen y realicen su registro mercantil. Los beneficios son:

BeneficioEmpresas de Amazonas, Guainía y VaupésEmpresas de todos los demás departamentos

Años de beneficio 10 años 5 años
Progresividad en el pago del impuesto sobre la renta y su complementario de ganancia ocasional Año 1 – 8:   0%

Año 9:    50%

Año 10: 75%

Año 11: 100%

Año 1 y 2: 0%

Año 3: 25%

Año 4: 50%

Año 5: 75%

Progresividad en el pago de los parafiscales y otras contribuciones de nómina Año 1 – 8:   0%

Año 9:    50%

Año 10: 75%

Año 11: 100%

Año 1 y 2: 0%

Año 3: 25%

Año 4: 50%

Año 5: 75%

Progresividad en el pago del impuesto de industria y comercio y otros impuestos A julio de 2014 ningún departamento ni municipio aprobó beneficios en materia de impuestos territoriales
Progresividad en la matrícula mercantil y su renovación. Año 1: 0%

Año 2: 50%

Año 3: 75%

Año 4: 100%

También puede consultar:

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