Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Beneficios tributarios que conservan los contribuyentes acogidos a la Ley 1429 de 2010


Actualizado: 16 marzo, 2018 (hace 6 años)

Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta

En la actualidad, ¿cuáles son las reglas de juego que aplican para los contribuyentes que se alcanzaron a acoger a la Ley 1429 de 2010, después de la entrada en vigencia de la Ley 1819 de 2016?

Resuelta 8 de marzo de 2018

Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios, señala que la Ley 1819 de 2016 creó, ajustó, adicionó y derogó artículos del Estatuto Tributario y de algunas leyes en materia tributaria.

En ese sentido, se señala que las sociedades acogidas a la Ley 1429 de 2010 hasta diciembre del año gravable 2016, conservan a partir del año gravable 2017 y siguientes el beneficio de tributar hasta que cada cual complete sus primeros cinco años fiscales de existencia conforme a la tabla fijada en el artículo 240 del Estatuto Tributario.

Es de anotar que lo mencionado líneas atrás no tiene aplicabilidad para las personas naturales acogidas también a la Ley 1429 de 2010.

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