Según lo indicado en el estándar, los terrenos y edificios que sirven para obtener rentas por alquiler, apreciación de capital (generación de valorizaciones) o ambas, se clasifican contablemente como propiedades de inversión.
Según lo indicado en el estándar, los terrenos y edificios que sirven para obtener rentas por alquiler, apreciación de capital (generación de valorizaciones) o ambas, se clasifican contablemente como propiedades de inversión.
Bajo esta definición, es claro que no cualquier bien entregado en alquiler es una propiedad de inversión. Cuando se aborda la NIC 40 del estándar pleno y la Sección 16 de NIIF para Pymes que corresponden al tema de propiedades de inversión, se observa que solo se consideran como tal, los bienes inmuebles, sean terrenos o edificaciones, que la organización tenga destinados para ser alquilados y generar beneficios; dicha actividad de arrendamiento, puede realizarse en forma total o parcial (una parte del bien, o solo un área).
Ahora bien, es importante evaluar que la empresa que pretende registrar un bien particular como propiedad de inversión, no se dedique únicamente a la administración de bienes que son entregados en calidad de arrendamiento y que reciba la totalidad de los ingresos de dicha actividad; en este caso es necesario que la compañía se dedique a otra actividad, y que complementariamente tenga dichos negocios de arrendamiento.
En este orden de ideas, algunos bienes que podrían ser clasificados en el grupo de propiedades de inversión, son los siguientes: