Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Bono alimenticio como mecanismo de protección al cesante fue regulado


Bono alimenticio como mecanismo de protección al cesante fue regulado
Actualizado: 22 abril, 2016 (hace 8 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • Mecanismo de Protección al Cesante
  • Bono alimenticio: ¿qué es?
  • ¿Cómo acceder al bono?

Mediante el Decreto 582 del 2016 se reguló el acceso a los bonos de alimentos para todo aquel que se encuentre cesante; dichos bonos buscan generar una protección por máximo 6 meses equivalente a un salario mínimo y medio dividido en dicho período, para que así el cesante pueda ayudarse mientras se emplea de nuevo.

La Ley 1753 del 2015, por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 Todos por un nuevo país, indica en su artículo 77 que como medida necesaria para fortalecer la operación del Mecanismo de Protección al Cesante y de facilitar y mejorar el enganche laboral de la población, el Ministerio del Trabajo queda facultado para disponer de recursos del Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante –FOSFEC– para otorgar bonos de alimentación a aquellos que se encuentren cesantes.

Sin embargo, aunque se indicó la posibilidad de emplear estos recursos y así eliminar las barreras de acceso al mercado laboral, solo hasta el 8 de abril del 2016, mediante el Decreto 582 del 2016, se reguló este beneficio.

Mecanismo de Protección al Cesante

Ahora bien, antes de entrar a explicar lo relacionado con la entrega de bonos de alimentación, es importante aclarar ciertos aspectos sobre el Mecanismo de Protección al Cesante. Este fue creado mediante la Ley 1636 del 18 de junio del 2013 con el objetivo de desarrollar un “sistema integral de políticas activas y pasivas de mitigación de los efectos del desempleo que enfrentan los trabajadores”, sean del sector público o privado, dependientes o independientes, que hayan cotizado de forma ininterrumpida o no a las cajas de compensación familiar.

Bono alimenticio: ¿qué es?

Como se dijo anteriormente, el Decreto 582 del 2016 modificó y reglamentó lo relacionado con los bonos alimenticios; cabe recordar que estos son una prestación económica a favor de los cesantes, de la cual trata la Ley 1636 del 2013, hoy compilada por el Decreto 1072 del 2015. El artículo en principio indicaba como prestaciones reconocidas a favor de la población cesante el pago de la cotización a los sistemas de salud y pensión y la cuota monetaria de subsidio familiar; no obstante, con dicha modificación se agregó la posibilidad de acceder a bonos de alimentación cuando se cumplan los requisitos. Dicho decreto también adicionó 9 artículos al Decreto 1072 del 2015, en los cuales regula todo lo relacionado con los bonos de alimentación.

Cabe recordar que el bono de alimentación es una prestación económica con la cual se busca brindar un beneficio al cesante, para que ante la ausencia de un trabajo pueda cubrir sus gastos alimenticios. Este equivale a un salario y medio mínimo mensual (1,5 smmlv), el cual se debe dividir por el período de cobertura máxima (6 meses).

¿Cómo acceder al bono?

Para que una persona pueda solicitar tal bono de alimentos, debe cumplir los siguientes requisitos:

  • Ser trabajador del sector público o privado, sin importar si es dependiente o independiente.
  • Haber realizado aportes a las cajas de compensación familiar por 1 año continuo o 3 discontinuos para los dependientes, o 2 para los independientes.
  • Encontrarse sin vínculo laboral vigente y no contar con otra fuente de ingresos.
  • Estar inscrito en la Red de Servicios de Empleo.

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