Según lo establecido por el artículo 188 del Estatuto Tributario –ET–, la renta presuntiva para el año gravable 2020 es del 0,5 %, y a partir del año gravable 2021 será del 0 %, obligación que no aplica para los contribuyentes que optaron por acogerse al nuevo régimen simple de tributación.
Según lo establecido por el artículo 188 del Estatuto Tributario –ET–, la renta presuntiva para el año gravable 2020 es del 0,5 %, y a partir del año gravable 2021 será del 0 %, obligación que no aplica para los contribuyentes que optaron por acogerse al nuevo régimen simple de tributación.