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Cálculo de la renta presuntiva para contribuyentes acogidos al régimen simple de tributación

Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta 

¿Los contribuyentes del impuesto unificado bajo el régimen simple se encuentran obligados a realizar el cálculo de la renta presuntiva?

Resueltas enero 17 de 2019

Fecha de publicación: 29 de enero de 2019
Cálculo de la renta presuntiva para contribuyentes acogidos al régimen simple de tributación
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta 

¿Los contribuyentes del impuesto unificado bajo el régimen simple se encuentran obligados a realizar el cálculo de la renta presuntiva?

Resueltas enero 17 de 2019

El régimen simple de tributación fue creado por el artículo 66 de la Ley 1943 de 2018. Las personas que se acojan a este régimen están sujetas a las disposiciones formuladas en los artículos del 903 al 916 del Estatuto Tributario –ET–.

Respecto a la renta presuntiva, el cálculo solo opera para aquellos que pertenecen al régimen ordinario. Quienes se acojan al régimen simple de tributación deberán observar lo dispuesto en el artículo 908 del ET.

Es preciso mencionar que el artículo 78 de la Ley antes citada modificó el artículo 188 del ET, mediante el cual se fija la base y porcentaje de la renta presuntiva. La base sigue siendo el 3,5 % del patrimonio líquido, y el porcentaje fue reducido al 1,5 % para 2019 y 2020. Para el año gravable 2021 y siguientes será del 0 %.