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Cálculo del anticipo al impuesto de renta por las entidades del régimen tributario especial

¿En las declaraciones de renta año gravable 2020 de las entidades del régimen especial se deberá calcular anticipo al impuesto de renta del año 2021

Fecha de publicación: 22 de diciembre de 2020
Cálculo del anticipo al impuesto de renta por las entidades del régimen tributario especial
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Responde conferencista: Diego Guevara

¿En las declaraciones de renta año gravable 2020 de las entidades del régimen especial se deberá calcular anticipo al impuesto de renta del año 2021

Pregunta resueltas 10 de Diciembre de 2020

En este consultorio, el Dr. Diego Guevara, especialista en temas contables y tributarios analiza si en las declaraciones de renta del año gravable 2020 de las entidades pertenecientes al régimen tributario especial se deberá calcular el anticipo al impuesto de renta del año 2021.

Ahora bien, para conocer cuáles son las entidades que pertenecen al régimen tributario especial se debe hacer la lectura de lo establecido en los artículos 19 y 19-4 del Estatuto Tributario, las cuales, a su vez, se encuentran reglamentadas por el Decreto 2150 de 2017.