¿Cómo debe ser calculado para el año gravable 2021 el anticipo de renta de las personas jurídicas? ¿Qué ocurre si se omite su cálculo o se procede con la corrección de la declaración del impuesto de renta?
Responde conferencista: Diego Guevara
¿Cómo debe ser calculado para el año gravable 2021 el anticipo de renta de las personas jurídicas? ¿Qué ocurre si se omite su cálculo o se procede con la corrección de la declaración del impuesto de renta?
Pregunta resuelta 17 Diciembre de 2020
En este consultorio, el Dr. Diego Guevara, especialista en temas contables y tributarios, analiza en detalle cómo se debe calcular para el año gravable 2021 el anticipo de renta de las personas jurídicas; Además, se menciona qué ocurre si se omite su cálculo o se procede con la corrección de la declaración del impuesto de renta.
Cabe recordar que el anticipo de renta se encuentra regulado, principalmente, por los artículos 807 y siguientes del Estatuto Tributario –ET–.