Respuesta de Juan David Maya a la pregunta
¿Las entidades sin ánimo de lucro se encuentran obligadas a calcular el impuesto diferido?
Respuesta de Juan David Maya a la pregunta
¿Las entidades sin ánimo de lucro se encuentran obligadas a calcular el impuesto diferido?
Juan David Maya, experto y consultor en Normas Internacionales de Información Financiera, menciona que de acuerdo con las normas tributarias existen algunas entidades sin ánimo de lucro que califican como no contribuyentes del impuesto a la renta, o que quizá sus rentas se encuentran exentas, razón por la cual no se encuentran obligadas a responder por el cálculo del impuesto diferido, el cual debe ser reconocido y medido siguiendo las instrucciones dadas en la sección 29 del Estañar Internacional para Pymes.