El piso de protección social, reglamentado por el Decreto 1174 de 2020, busca que las personas que no logran acceder al sistema de seguridad social integral cuenten con un servicio complementario básico.
El piso de protección social, reglamentado por el Decreto 1174 de 2020, busca que las personas que no logran acceder al sistema de seguridad social integral cuenten con un servicio complementario básico.
El artículo 193 de la Ley 1955 de 2019 incluyó dentro de nuestra legislación el denominado piso de protección social, que tiene como iniciativa brindar el acceso a un sistema de protección social a los trabajadores dependientes e independientes con ingresos mensuales inferiores a un salario mínimo mensual legal vigente –smmlv–.
A raíz de ello, el Ministerio del Trabajo expidió el Decreto 1174 de 2020, mediante el cual reglamentó el piso de protección social, cuyas características son las siguientes:
Este piso de protección social busca que las personas que no logran acceder al sistema de seguridad social integral, a causa de sus pocos ingresos, cuenten con un servicio complementario básico, estableciendo la opción al empleador de remplazar el pago de seguridad social integral por el aporte a este piso de protección, que corresponde al 15 % del ingreso devengado por el trabajador.
(En este punto podrás encontrar el tiempo exacto en el que es abordado cada tema en la Sesión de Actualización)