Actualícese.com

[ORO] Calendario tributario automatizado 2018

En esta herramienta se podrán obtener de forma automática los vencimientos de sus declaraciones tributarias por impuestos nacionales durante el 2018 y los vencimientos para los reportes de información exógena del año gravable 2017 y hasta los reportes del ejercicio 2017 a Supersociedades.

Fecha de publicación: 26 de diciembre de 2017
[ORO] Calendario tributario automatizado 2018
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

En esta herramienta se podrán obtener de forma automática los vencimientos de sus declaraciones tributarias por impuestos nacionales durante el 2018 y los vencimientos para los reportes de información exógena del año gravable 2017 y hasta los reportes del ejercicio 2017 a Supersociedades.

En la presente herramienta se han integrado los vencimientos definidos a través delDecreto 1951 de 2017, el cual hizo adiciones, modificaciones y derogaciones a los artículos 1.6.1.13.2.1 hasta 1.6.1.13.2.49 del DUT 1625 de octubre 11 de 2016 para establecer de esa forma el calendario tributario del año 2018 para los impuestos nacionales administrados por la Dian (se tomaron en cuenta los vencimientos de todas las declaraciones, excepto los de las declaraciones semanales del gravamen a los movimientos financieros). Asimismo, se integraron los vencimientos para la presentación de información exógena tributaria del año gravable 2017 establecidos en la Resolución 000068 de octubre 28 de 2016 (modificada con las Resoluciones 000022 de abril de 2017000042 de julio de 2017, 000050 de 2017000016 de marzo de 2018 y 000030 de mayo de 2018). En consecuencia, con esta herramienta no se podrán consultar los vencimientos sobre obligaciones departamentales, municipales o sobre cualquier otra obligación tributaria o aduanera que esté definida en normas distintas de las antes mencionadas.

Por otra parte, y aunque para definir el vencimiento de algunas obligaciones tributarias solo se requiere conocer el último dígito del NIT (por ejemplo, para el caso de la declaración mensual de retención en la fuente), para otras obligaciones sí se requiere conocer los dos últimos dígitos del NIT (como el caso de la presentación de la declaración de renta año gravable 2017 de las personas naturales y sucesiones ilíquidas). Es por ello que para la correcta utilización de esta herramienta siempre se requerirá digitar en una única celda (la celda resaltada en color amarillo) el dato de los dos últimos dígitos del NIT del declarante o reportante (sin incluir el dígito de verificación y sin importar si es persona jurídica o persona natural). Al digitarse ese único dato, los demás datos sobre los vencimientos que le correspondan a dichos dígitos del NIT se obtendrán en forma automática.