Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Cambio de régimen de IVA por arrendamiento de un establecimiento de comercio para explotar franquicia


Actualizado: 24 octubre, 2017 (hace 6 años)

Luego de la reforma tributaria, ¿una persona de régimen simplificado que le arrienda a una empresa un establecimiento comercial para explotar una franquicia tiene que pasarse al régimen común de IVA?

Resuelta 19  de octubre de 2017

Diego Guevara, contador público y líder de investigación en temas contables y tributarios, aclara que si una persona natural del régimen simplificado arrienda un local para que en este sea explotada una franquicia no tiene que cambiar de régimen de IVA.

Recordemos que los requisitos que debe cumplir una persona para poder pertenecer al régimen simplificado de IVA se encuentran consagrados en el artículo 499 del Estatuto Tributario, por ejemplo, no ser usuarios aduaneros o tener máximo un establecimiento de comercio.

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