Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Cambios en la operación de Findeter por el COVID-19


Actualizado: 17 abril, 2020 (hace 4 años)

La entidad podrá otorgar créditos directos a empresas de servicios públicos domiciliarios oficiales, mixtas y privadas vigiladas por Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.

El Gobierno Nacional emitió el decreto 581 de 2020, el cual cobijará la operación de la entidad durante la emergencia

Con el Decreto Ley 581 del 15 de abril de 2020 se adoptan medidas para autorizar una nueva operación a la Financiera de Desarrollo Territorial S.A -Findeter-, durante la emergencia originada por el COVID-19.

Findeter podrá otorgar créditos directos a empresas de servicios públicos domiciliarios oficiales, mixtas y privadas vigiladas por Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, con fin de dotarlas de liquidez o capital de trabajo, para implementar las medidas que Gobierno nacional adopte para aliviar la crisis.

Esto regirá a partir de la entrada en vigencia del presente decreto y hasta el 31 de diciembre de 2020.

El documento también resalta 8 condiciones bajo las cuales operarán los créditos que se autoricen bajo este decreto.

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