Respuesta de Juan David Maya a la pregunta
Si una entidad adquiere un crédito por valor de 200 millones de pesos para la compra de inventarios, ¿se pueden capitalizar los intereses pagados por dicha deuda?
Respuesta de Juan David Maya a la pregunta
Si una entidad adquiere un crédito por valor de 200 millones de pesos para la compra de inventarios, ¿se pueden capitalizar los intereses pagados por dicha deuda?
Juan David Maya, experto y consultor en Normas Internacionales de Información Financiera señala que de acuerdo con lo estipulado en la sección 25 del Estándar Internacional para Pymes, cuando una entidad asume costos por concepto de endeudamiento, es decir, intereses o comisiones, estos deben ser reconocidos directamente como gastos, razón por la que nunca podrán ser capitalizados en ninguna cuenta de activos.
Es de anotar que, cuando se trata de empresas del grupo 1, en ciertos casos si está permitido capitalizar intereses sobre activos a los cuales se les denomina activos aptos.