Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Captación ilegal de recursos y actividades no autorizadas


Captación ilegal de recursos y actividades no autorizadas
Actualizado: 10 agosto, 2018 (hace 6 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • ¿Quienes pueden captar recursos en forma masiva?
  • ¿Cuándo se considera que la captación de dinero es masiva?
  • ¿Las operaciones realizadas con familiares y socios se pueden excluir?
  • ¿Cuáles serían algunos ejemplos de formas de captación ilegal de dinero?
  • ¿Quiénes pueden captar legalmente recursos del público?
  • ¿La captación ilegal de recursos da cárcel y genera multas?

En este editorial abordaremos algunas respuestas a diferentes inquietudes que se suscitan alrededor de la captación ilegal de recursos. Cabe anotar que solo la Superfinanciera y la Supersolidaria tienen la facultad de determinar quiénes pueden captar recursos del público.

La captación de recursos consiste en el recaudo masivo de dineros sin que exista una obligación de entregar un bien o servicio. Al respecto, los terceros que entregan el dinero lo hacen a título de mutuo o a crédito y esperan que dicho dinero sea conservado o custodiado por un tiempo, al cabo del cual se reclamará con o sin rentabilidad alguna. A continuación, aclararemos algunos puntos alrededor de este tema:

¿Quienes pueden captar recursos en forma masiva?

De acuerdo con el documento ABC de la captación ilegal de recursos y otras actividades no autorizadas emitido por la Superfinanciera y la Supersociedades, únicamente las entidades autorizadas por el Estado a través de la Superfinanciera o la Supersolidaria podrán realizar captación de recursos en forma masiva.

¿Cuándo se considera que la captación de dinero es masiva?

Cuando la persona natural o jurídica (quien recauda) ha recibido dinero de más de 20 personas o ha pactado 50 o más obligaciones o pasivos que le impliquen la devolución del dinero sin dar como contraprestación bienes o servicios, o cuando de forma conjunta o separada haya realizado más de 20 contratos de mandato en un período de tres meses consecutivos.

¿Las operaciones realizadas con familiares y socios se pueden excluir?

De acuerdo con el Decreto 1981 de 1988 se excluyen de la directriz expresada en el anterior párrafo las operaciones realizadas con el cónyuge o familiares que tengan una relación hasta del cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad y único civil, o con los socios que durante seis meses consecutivos tengan individualmente una participación en el capital de la sociedad superior al 5 % de este último.

¿Cuáles serían algunos ejemplos de formas de captación ilegal de dinero?

“se podría considerar que los actos de captación ilegal pueden estar encubiertos por actividades legales como las tarjetas prepago, contratos y negocios multinivel”

Algunos ejemplos de formas de captación ilegal de dinero son las pirámides y la venta de servicios u otras operaciones a cambio de bienes, servicios o rendimientos que no tienen una explicación financiera razonable. Se debe tener en cuenta que los esquemas bajo los cuales se captan recursos de forma ilegal están en constante evolución; sin embargo, se podría considerar que los actos de captación ilegal pueden estar encubiertos por actividades legales como las tarjetas prepago, contratos y negocios multinivel.

¿Quiénes pueden captar legalmente recursos del público?

Bajo la autorización de la Superfinanciera algunas entidades que estén sometidas a su supervisión pueden captar recurso del público, como lo son los bancos, compañías de financiamiento, entidades financieras, administradoras de fondos de pensiones, entre otras. Por su parte, la Supersolidaria puede autorizar a las entidades que vigila para la captación de recursos de sus asociados, entre las cuales se encuentran las cooperativas de ahorro y crédito y, con algunas excepciones, las cooperativas multiactivas.

¿La captación ilegal de recursos da cárcel y genera multas?

La captación ilegal de recursos, de acuerdo con el artículo 316 del Código Penal (modificado por artículo 2 de la Ley 1357 de 2009), es un delito y quien desarrolle, promueva, financie o sea partícipe en este tipo de activos sin contar con autorización de las entidades mencionadas en anteriores párrafos podrá ser enviado a la cárcel entre 120 a 240 meses y se le podrá imponer una multa de 50.000 smmlv.

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