Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

[Cartilla Práctica] Declaración de renta de personas jurídicas: efectos de la Ley 1819 de 2016


[Cartilla Práctica] Declaración de renta de personas jurídicas: efectos de la Ley 1819 de 2016
Actualizado: 28 febrero, 2018 (hace 6 años)

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Declaración de renta de personas jurídicas: efectos de la Ley 1819 de 2016

Una vez establecido el calendario tributario mediante el Decreto 1951 de 2017, a través del cual se determinaron los vencimientos de los impuestos nacionales para el año en curso, se trazó un derrotero a seguir para muchos contadores públicos, en especial, para aquellos cuyas labores se enmarcan en el ámbito tributario.

Las declaraciones de renta para personas jurídicas adquieren un matiz importante dentro del cúmulo de obligaciones tributarias establecidas en el mencionado calendario. Esto último, debido a que son las primeras en presentarse conforme a las modificaciones de la reforma tributaria estructural –Ley 1819 de 2016–, cuya remisión hacia Estándares Internacionales requiere, por parte del contador público, un amplio conocimiento respecto a los nuevos marcos técnicos normativos contables. Lo anterior, teniendo en cuenta que, para algunos casos, la norma fiscal permite el reconocimiento y la medición de activos, pasivos, ingresos, costos y gastos según las disposiciones del Decreto Único 2420 de 2015 y demás decretos reglamentarios.

Dicho esto, es claro que el rol del contador encargado de preparar las declaraciones de renta de los contribuyentes adquiere, para este año y siguientes, gran relevancia por cuanto su conocimiento y habilidades deben extenderse más allá de lo establecido en el Estatuto Tributario –ET– y sus normas reglamentarias. Adicional a lo anterior, existe la exigencia para los contribuyentes del impuesto de renta, obligados a llevar contabilidad o que lo hagan de forma voluntaria, de preparar el formato de conciliación fiscal –2516 para el caso de las personas jurídicas–, mediante el cual darían cumplimento a los requerimientos del artículo 772-1 del ET y el Decreto 1998 de 2017. Por tanto, a través de dicho formato reflejarían las diferencias que se originen entre la aplicación de los nuevos marcos técnicos normativos contables y las disposiciones del estatuto en mención.

Es importante destacar que, hasta el momento de edición de esta cartilla práctica, la Dian no ha publicado el proyecto de resolución mediante el cual prescribiría el formulario 110. No obstante, la presente publicación se convierte en una importante herramienta para el contador quien, año tras año, se enfrenta a las declaraciones de renta y que, para esta ocasión, requiere ampliar su panorama sobre aquellos cambios que introdujo la reforma tributaria en la determinación de la renta de personas jurídicas.

Declaración de renta de personas jurídicas: efectos de la Ley 1819 de 2016, presenta toda la información pertinente y actualizada respecto a las novedades para los contribuyentes de renta, tarifas, generalidades de costos y deducciones, activos y pasivos, rentas exentas, renta presuntiva, descuentos tributarios, sobretasa, formato de conciliación fiscal, sanciones, entre otros para dar cumplimiento a esta obligación tributaria.

CONTENIDO

1. Generalidades

  • Normas Internacionales y sus efectos fiscales.

2. Novedades para los contribuyentes de renta.

  • Empresas acogidas a la Ley 1429 de 2010.
  • Propiedades horizontales.

3. Tarifas del impuesto de renta.

  • Tarifa general para personas jurídicas.
  • Tarifa del impuesto sobre la renta del 9 %.
  • Tarifa para usuarios de zonas francas.

4. Activos y pasivos.

  • Manejo fiscal de activos y pasivos en moneda extranjera.
  • Tratamiento de activos biológicos.
  • Tratamiento de cargos diferidos.
  • Contratos de concesión y asociaciones público privadas.

5. Descuento por pronto pago.

  • Tratamiento discal de los descuentos por pronto pago.

6. Ingresos

  • Principio para el reconocimiento de ingresos.
  • Realización discal de algunos ingresos.

7. Generalidades de los costos y deducciones.

8. Costos

  • Costo de los activos intangibles.
  • Costo de bienes muebles y prestación de servicios.
  • Costo de los inmuebles.
  • Costo de propiedad, planta y equipo y propiedades de inversión.

9. Deducciones

  • Deducción de salarios y aportes parafiscales.
  • Limitaciones en deducción por seguridad social.
  • Deducción por pagos a trabajadores independientes.
  • Deducción del ICA.
  • Exigencia de RUT a arrendadores.
  • Deducción por gastos de fiestas.
  • Límites a gastos con beneficiarios del exterior.
  • Subcapitalización sobre deudas en moneda extranjera.
  • Deducción de IVA en bienes de capital.
  • Deducción para empresarios de artes escénicas.
  • Sanción por deducción de pagos a proveedores ficticios.

10. Límites de costos y pasivos pagados en efectivo.

  • Lo que establece la norma.
  • Yerros mecanográficos de la norma.
  • Interpretación sobre límite en el uso de efectivo.
  • Implicaciones de los límites del artículo 771-5 del ET.

11. Renta presuntiva.

12. Rentas exentas.

  • Rentas que dejan de ser exentas según Ley 1819 de 2016.
  • Rentas exentas gravadas a partir del año fiscal 2018.
  • Renta exenta por servicio de transporte fluvial.

13. Ganancias ocasionales.

  • Ganancia ocasional por utilidad recibida como fideicomitente.
  • Ganancias ocasionales en sociedades acogidas a beneficios de la Zomac.
  • Ganancias ocasionales para beneficiarios de la Ley 1429 de 2010.

14. Descuentos tributarios.

  • Límite a descuento tributarios en declaración de renta.
  • Descuento por inversiones en medio ambiente.
  • Descuento por donaciones.

15. Régimen de transición.

  • Régimen de transición de ajustes por diferencia en cambio.
  • Compensación de pérdidas de renta y CREE.

16. Sobretasa del impuesto de renta.

  • Sobretasa para sociedades acogidas a la Ley 1429.
  • Sobretasa en el cálculo de los dividendos no gravados.
  • Renglón de la sobretasa al impuesto de renta.

17. Presentación de la declaración de renta.

  • Consecuencias de la no presentación.

18. Formato para reporte de conciliación fiscal 2017.

  • Formato 2517 para personas naturales residentes que llevan contabilidad.
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