Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Caso práctico del cálculo del anticipo de renta en la declaración de renta de personas naturales


Ficha técnica:

  • Fecha de publicación: Agosto 13 de 2021
  • Fecha de grabación: Julio 28 de 2021
Actualizado: 26 agosto, 2021 (hace 3 años)

En una declaración de renta de personas naturales, el contribuyente tiene la obligación de realizar un anticipo del impuesto del año gravable siguiente al que está declarando, según lo estipulado en el artículo 807 del Estatuto Tributario –ET–. Esto se conoce como anticipo de renta.

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Carlos Guerra Rangel
Contador público de la Universidad de San Buenaventura, especialista en Impuestos de la Universidad de Antioquia. Actualmente se forma como abogado en la Fundación Universitaria Colombo Internacional. Profesor de impuestos en la Escuela de Finanzas y Negocios. Cuenta con 12 años de experiencia asesorando asuntos financieros y fiscales a empresas del sector de la construcción y es creador de contenido de valor dirigido a contadores públicos.
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