Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Casos de fraude que deben detectar el Revisor Fiscal y/o Auditor


Casos de fraude que deben detectar el Revisor Fiscal y/o Auditor
Actualizado: 3 marzo, 2016 (hace 8 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • Técnicas de manipulación de la información por medio de la alteración de los controles
  • La apropiación indebida de activos
  • Falsificación de documentos que alteran revelaciones y reconocimientos
  • Consideraciones específicas para entidades del sector público

El revisor fiscal y/o auditor tienen bajo su responsabilidad determinar la razonabilidad de las cifras reveladas en los estados financieros. Dicha razonabilidad se determina en cotejo con la realidad de la organización, como la normatividad vigente para el reconocimiento y revelación.

Los riesgos de fraude en una entidad son de diferente tipo y naturaleza, y por tanto requieren de la globalidad de las pruebas del auditor y del juicio profesional y alcance de la labor, a fin de que se puedan identificar las situaciones que implican fraude. La detección de dichas prácticas se dificulta en los casos en que se encuentra involucrada la gerencia o dirección organizacional.

Por lo anterior, la norma ha determinado focos específicos sobre los que el auditor se puede direccionar para determinar las situaciones de fraude en las que se presente colaboración de la gerencia, entre las que se pueden resaltar:

  1. Técnicas de manipulación de la información por medio de la evasión de los controles.
  2. Apropiación indebida de activos.
  3. Falsificación de documentos que alteran revelaciones y reconocimientos.

Técnicas de manipulación de la información por medio de la alteración de los controles

“manipular los saldos de mercancía en consignación, puesto que se tiene la posibilidad  de impedir la facturación de ventas efectivamente realizadas”

La información financiera que implica operaciones de fraude, generalmente requiere que la gerencia o altos cargos administrativos eludan los controles que operan eficientemente. La gerencia puede cometer fraude eludiendo los controles mediante la utilización de técnicas como las siguientes:

  • Registrando asientos ficticios en el libro diario, especialmente en fechas cercanas al cierre de un período contable, con el fin de manipular los resultados operativos o lograr otros objetivos. Por ejemplo, manipular los saldos de mercancía en consignación, puesto que se tiene la posibilidad  de impedir la facturación de ventas efectivamente realizadas.
  • Ajustando indebidamente algunas hipótesis y cambiando los juicios en que se basa la estimación de saldos contables. Por ejemplo, modificando los criterios para el provisionamiento de cartera, afectando los indicadores de gestión y los resultados de operación de la empresa.
  • Omitiendo, anticipando o difiriendo el reconocimiento en los estados financieros de hechos y transacciones que han ocurrido durante el período. Por ejemplo: el reconocimiento de pasivos en períodos diferentes, es decir, alterando los resultados del período al que corresponden realmente los pasivos.
  • Ocultando, o no revelando, hechos que podrían afectar a las cantidades registradas en los estados financieros. Por ejemplo, cuando se decide no ajustar el valor registrado en las mercancías con el inventario físico realizado durante la revisión de información financiera ejecutada por el revisor fiscal o el auditor.
  • Realizando transacciones complejas estructuradas de forma que falseen la situación financiera o los resultados de la entidad. Por ejemplo, ajustando los registros de reconocimiento de los ingresos o gastos generados por contratos de forwards, por medio de los cuales se pueden manipular los resultados de operación.
  • Alterando los registros y las condiciones relativas a transacciones significativas e inusuales. Por ejemplo: manipulación del reconocimiento de ingresos por intereses generados por los préstamos a socios.
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La apropiación indebida de activos

“sustracción de material de desecho para su reventa; colusión con la competencia al revelar datos tecnológicos a cambio de un pago”
“La apropiación indebida de activos a menudo va acompañada de registros o documentos falsos o que inducen a error”

La apropiación indebida de activos implica la sustracción de los activos de la empresa; comúnmente es ejecutada por empleados y se dificulta su detección porque se aplica sobre cantidades pequeñas e inmateriales. No obstante, la gerencia y/o administración también pueden estar implicadas al tener, generalmente, una mayor capacidad para ocultar las apropiaciones indebidas de forma que sean difíciles de detectar. La apropiación indebida de activos puede lograrse de diversas formas, entre las que se pueden señalar:

  • Mediante una malversación de ingresos. Por ejemplo, la apropiación indebida de ingresos procedentes de cuentas a cobrar o desvío de importes recibidos por cuentas canceladas contablemente hacia cuentas bancarias personales.
  • Por medio de la sustracción de activos físicos o de propiedad intelectual. Por ejemplo, el retiro de existencias para uso personal o para su venta; sustracción de material de desecho para su reventa; colusión con la competencia al revelar datos tecnológicos a cambio de un pago.
  • Haciendo que una entidad pague por bienes o servicios que no ha recibido. Por ejemplo, pagos a proveedores ficticios, pago por los proveedores de comisiones ilegales a los agentes de compras de la entidad a cambio de sobrevalorar los precios y pagos a empleados ficticios.
  • Utilizando los activos de la entidad para uso personal. Por ejemplo, como garantía de un préstamo personal o de un préstamo a una parte vinculada.

Falsificación de documentos que alteran revelaciones y reconocimientos

La apropiación indebida de activos a menudo va acompañada de registros o documentos falsos o que inducen a error, a fin de ocultar que los activos han desaparecido o se han pignorado sin la debida autorización.

Consideraciones específicas para entidades del sector público

Las responsabilidades del auditor del sector público respecto al fraude pueden deberse a las disposiciones legales, reglamentarias u otras disposiciones aplicables a las entidades del sector público, o recogerse por separado en el contrato pactado del auditor. Por consiguiente, las responsabilidades del auditor en el sector público pueden no limitarse a la consideración de los riesgos de incorrección en los estados financieros, sino también incluir una responsabilidad más amplia de considerar los riesgos de fraude.

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