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Casos prácticos de contabilización de los CDT

Los certificados de depósito a término –CDT– deben contabilizarse por el método del costo amortizado descrito en la sección 11 del Estándar para Pymes. En este editorial exponemos tres casos prácticos, con plazos y tasas de intereses distintas, con el fin de ilustrar este método.

Fecha de publicación: 25 de septiembre de 2019
Casos prácticos de contabilización de los CDT
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Los certificados de depósito a término –CDT– deben contabilizarse por el método del costo amortizado descrito en la sección 11 del Estándar para Pymes. En este editorial exponemos tres casos prácticos, con plazos y tasas de intereses distintas, con el fin de ilustrar este método.

Los certificados de depósito a término –CDT– son títulos que generan una rentabilidad fija durante el plazo pactado con la entidad bancaria que los emite, que puede ir desde 30 días, hasta 60, 90, 180, 360 o 540 días. Además, existe la posibilidad de que el banco pague los intereses cada mes o al final del plazo del CDT en un solo desembolso. En este editorial presentamos ejemplos prácticos de su contabilización.

Tratamiento contable de un CDT

Respecto a la contabilización de estos títulos valores, deben observarse los requerimientos de la NIIF 11 – Instrumentos financieros. La norma en cuestión estipula que [pq]los CDT deben medirse de acuerdo con el modelo del costo amortizado y utilizando el método del interés efectivo[/pq], lo cual implica que:

  1. En el momento de su reconocimiento por primera vez se registran a su precio de transacción, a menos que el acuerdo constituya una transacción de financiación, por ejemplo, con una tasa de interés inferior a la de mercado.
  2. Luego del reconocimiento inicial la entidad debe medir el CDT por el modelo del costo amortizado (ver párrafo 11.15 del Estándar para Pymes), así:
 
Importe inicial del instrumento financiero.
Menos: reembolsos del principal o abonos a capital.
Más o menos: amortización acumulada de las diferencias entre el importe inicial y el importe al vencimiento del instrumento financiero, es decir, los intereses pagados o recibidos. (*)
Menos: cualquier reducción en el valor debido a deterioro o incobrabilidad.

 

(*) La amortización acumulada se obtiene utilizando el método del interés efectivo, que consiste en tomar el valor presente de los flujos de efectivo futuros del instrumento financiero, igualándolos con la tasa de interés efectiva. Con la tasa obtenida la entidad puede asignar el ingreso o gasto por intereses a lo largo del plazo del instrumento.

A continuación exponemos tres casos que permiten comprender la contabilización de los CDT.

Caso 1. CDT a corto plazo

Una entidad adquirió un CDT a 30 días por un valor de $5.000.000, con una tasa mensual de 0,25 %.

En los casos en que la entidad solicite un CDT a corto plazo (por ejemplo, 30, 60, 90 o 180 días) no es necesario amortizar su valor, debido a que la transacción no es material. El tratamiento adecuado es contabilizar el CDT por el precio de transacción en la fecha en que se adquiere (los $5.000.000 pagados por el CDT), y al final de los 30 días reconocer un ingreso por el valor total de los intereses contra un mayor valor del certificado de depósito a término, así:

 
Cuenta Débito Crédito
Instrumentos financieros: CDT

$5.000.000

Bancos

$5.000.000

 

Al final de los 30 días, cuando reciba los intereses, los contabilizará por el siguiente valor:

 
Cuenta Débito Crédito
Instrumentos financieros: CDT

$12.331

Ingresos por rendimientos financieros

$12.331

 

En el momento en que el banco desembolse el dinero, se podrá cancelar el instrumento financiero, así:

 
Cuenta Débito Crédito
Bancos

$5.012.331

Instrumentos financieros: CDT

$5.012.331

 

Caso 2: los intereses se pagan cada año

Una entidad adquirió un CDT con un plazo de 4 años, por un monto de $100.000.000, a una tasa del 6 % EA. Los intereses se reciben cada año, por lo cual estos no se acumulan en el monto del CDT.

Para proceder a realizar su contabilización la entidad debe elaborar la siguiente tabla de amortización:

 
Plazo Saldo inicial Interés Intereses recibidos Saldo final
0 $100.000.000 $100.000.000
1 $100.000.000 $6.000.000 -$6.000.000 $100.000.000
2 $100.000.000 $6.000.000 -$6.000.000 $100.000.000
3 $100.000.000 $6.000.000 -$6.000.000 $100.000.000
4 $100.000.000 $6.000.000 -$6.000.000 $100.000.000

 

Posteriormente, debe realizar las siguientes contabilizaciones:

Cuando la entidad constituye el CDT, lo contabiliza por el precio de la transacción:

 
Cuenta Débito Crédito
Instrumentos financieros: CDT

$100.000.000

Bancos

$100.000.000

 

Al final del primer año, y durante los tres siguientes. la entidad contabiliza los intereses pagados por el banco, como se muestra a continuación:

 
Cuenta Débito Crédito
Bancos

$6.000.000

Ingresos por rendimientos financieros

$6.000.000

 

Al final del cuarto año, cuando reciba el banco devuelva el principal, realizará la siguiente contabilización:

 
Cuenta Débito Crédito
Bancos

$100.000.000

Instrumentos financieros: CDT

$100.000.000

 

Como puede observarse, en este ejemplo el CDT siempre mantuvo su valor de $100.000.000, debido a que los intereses no se acumulaban.

Caso 3: los intereses se reciben al final del plazo

Una entidad adquirió un CDT por un valor de $100.000.000, con un plazo de 4 años, a una tasa del 6 % EA, cuyos intereses se capitalizan en el monto del CDT y se pagan hasta el final de los 4 años.

En estos casos la entidad debe hallar el valor que recibirá del banco al final de los 4 años, es decir el valor futuro del instrumento financiero, para esto puede hacer uso de la fórmula de Excel VF ([tasa];[nper];[pago];[va];[tipo]) de la siguiente forma:

 
Plazo (nper) 4 años
Monto (va)  $100.000.000
Tasa 6 %
Valor futuro (vf) (**) $126.247.696

 

(**) El valor futuro corresponde al monto que entregará el banco al final de los 4 años. En la fórmula deben reemplazarse los valores así: VF(6%;4;;$100.000.000;0) = $126.247.696

Ahora bien, habiendo encontrado el valor futuro, la entidad procede a realizar la siguiente tabla de amortización para la contabilización del CDT:

 
Plazo Saldo inicial Intereses Intereses recibidos Saldo final
0 $100.000.000 $- $100.000.000
1 $100.000.000  $6.000.000 $- $106.000.000
2 $106.000.000 $6.360.000 $- $112.360.000
3 $112.360.000 $6.741.600 $- $119.101.600
4 $119.101.600 $7.146.096 $- $126.247.696

 

En el momento de la adquisición del CDT, como en los otros dos casos expuestos, la entidad debe contabilizar el CDT por el monto pagado al banco, es decir, por el precio de la transacción, así:

 
Cuenta Débito Crédito
Instrumentos financieros: CDT $100.000.000
Bancos $100.000.000

 

En cuanto a los intereses, al final de los tres primeros años la entidad debe reconocer un ingreso, debido a que los intereses se recibirán acumulados al final del cuarto año. Para el caso del primer año la contabilización sería la siguiente:

 
Cuenta Débito Crédito
Instrumentos financieros: CDT

$6.000.000

Ingresos por rendimientos financieros

$6.000.000

 

Al final del cuarto año se recibiría el capital del CDT más los intereses acumulados, como se observa a continuación:

 
Cuenta Débito Crédito
Bancos

$126.247.696

Instrumentos financieros: CDT

$126.247.696

 

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