Las sociedades que hayan sido admitidas a la promoción de un proceso concursal deberán enviar certificación con fecha límite del último día hábil de marzo, junio y septiembre de cada año y remitirse dentro de los 10 días hábiles siguientes al corte señalado anteriormente.
Las sociedades que hayan sido admitidas a la promoción de un proceso concursal deberán enviar certificación con fecha límite del último día hábil de marzo, junio y septiembre de cada año y remitirse dentro de los 10 días hábiles siguientes al corte señalado anteriormente.