Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Certificado de situación tributaria: 7 recomendaciones para tramitarlo


Certificado de situación tributaria: 7 recomendaciones para tramitarlo
Actualizado: 9 octubre, 2015 (hace 9 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • ¿Quiénes pueden solicitar el certificado?
  • ¿Para qué sirve el certificado?
  • Requisitos para tramitar la solicitud
  • ¿En cuánto tiempo se obtiene el certificado?
  • ¿Qué sucede si se detectan errores en la solicitud?
  • Si el certificado ya expedido debe ser corregido, ¿cómo se debe proceder?
  • ¿Cuál es la vigencia del certificado?

El certificado de situación tributaria puede ser solicitado por los contribuyentes con o sin domicilio o residencia en Colombia, en las oficinas de la DIAN; el documento será expedido dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha en la cual se radicó la solicitud.

El certificado de situación tributaria es un documento en el cual la DIAN hace constar la naturaleza y la cuantía de las rentas e impuestos pagados o retenidos en Colombia, a la persona que lo solicita, durante el período gravable que se indica en el certificado; adicionalmente, en dicho documento se especifica si la persona es o ha sido sujeto pasivo del impuesto sobre la renta y/o del impuesto a la riqueza en Colombia.

La solicitud del certificado es totalmente gratuita, se presenta en cualquier fecha, y no se puede realizar en línea (a través la página web), por lo que el interesado deberá acercarse al punto de atención de la DIAN para poder realizar la solicitud. A continuación, algunas recomendaciones que deben tenerse en cuenta al momento de solicitar este certificado.

¿Quiénes pueden solicitar el certificado?

“Sirve para que los contribuyentes puedan acreditar ante las administraciones tributarias de otros países su situación tributaria en Colombia, con el fin de aplicar los convenios y evitar la doble tributación”

Puede ser solicitado por los contribuyentes con domicilio o residencia en Colombia, en el cual se acreditará la naturaleza y cuantía de las rentas e impuesto efectivamente pagados o retenidos en Colombia. Asimismo, puede ser solicitado por los contribuyentes sin domicilio ni residencia en el país, que realicen inversiones en Colombia y hayan estado sometidos a retención en la fuente por renta.

¿Para qué sirve el certificado?

Sirve para que los contribuyentes puedan acreditar ante las administraciones tributarias de otros países su situación tributaria en Colombia, con el fin de aplicar los convenios y evitar la doble tributación.

Requisitos para tramitar la solicitud

“El certificado será expedido por la DIAN en aproximadamente 15 días hábiles, contados a partir de la fecha en la cual se presentó la solicitud”

El interesado en el certificado informa su nombre y apellido (o razón social y nombre del representante legal si es persona jurídica), el número de identificación tributaria, el nombre del país de destino de la solicitud, el tipo de impuesto que ha de certificar y el período gravable; adicionalmente, deberá suministrar los siguientes documentos:

  • Si es una persona natural, presentar copia de la cédula de ciudadanía y fotocopia del pasaporte (visa de trabajo en el país donde se presentará la certificación); si es persona jurídica, copia de la cédula de ciudadanía del representante legal, certificado de la Cámara de Comercio donde conste la existencia y representación legal de la empresa o sociedad; si es una persona extranjera, copia de pasaporte donde se encuentre la visa de trabajo, en caso de que esta se requiera para Colombia, y copia del documento de identificación o cédula extranjera.
  • En caso de que se actúe a través de un tercero, este debe presentar poder en el cual el interesado en el certificado lo autoriza para realizar el trámite ante la DIAN, y copia de la cédula de ciudadanía o documento de identidad del interesado.
  • Presentar diligenciado el formulario 1381 –Solicitud Certificación sobre Residencia Fiscal y/o Situación Tributaria, el cual se puede descargar por la página web de la DIAN, o se puede solicitar en los puntos de presencia indicados por la DIAN (Para revisar el enlace en el cual se puede descargar o verificar los puntos en los cuales se puede solicitar el formulario ingrese a http://www.suit.gov.co/VisorSUIT/index.jsf?FI=20133)

¿En cuánto tiempo se obtiene el certificado?

El certificado será expedido por la DIAN en aproximadamente 15 días hábiles, contados a partir de la fecha en la cual se presentó la solicitud.

¿Qué sucede si se detectan errores en la solicitud?

Una vez radicada la solicitud, el funcionario encargado verificará el cumplimiento de los requisitos; en caso de que este detecte algún error significativo en la solicitud, o si la información es inconsistente, deberá comunicar esta situación al interesado dentro de los tres días siguientes a la presentación de la solicitud, para que el interesado pueda, dentro de los tres días hábiles siguientes, presentar los documentos necesarios para aclarar las inconsistencias.

Si el certificado ya expedido debe ser corregido, ¿cómo se debe proceder?

Se debe informar al funcionario correspondiente, de manera que el nuevo documento se expida dentro de los tres días siguientes a la solicitud del mismo. Sin embargo, si el funcionario no considera procedente la solicitud de corrección, se lo comunicará al interesado especificando los motivos en los cuales se fundamenta, para no realizar la corrección.

¿Cuál es la vigencia del certificado?

Un año contado a partir de la fecha de expedición del mismo.

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