Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Cierre contable: inventarios


Cierre contable: inventarios
Actualizado: 7 abril, 2018 (hace 6 años)

Los inventarios son un elemento esencial para tener en cuenta en el cierre contable y fiscal. En esta capacitación se menciona todo lo relacionado con activos móviles, de acuerdo con el artículo 772-1 del ET, Decreto 1998 de 2017, DUT 1625 de 2016, Resolución 0073 de 2017 y el documento de exposición de motivos.

Para el cierre contable, las entidades deberán medir los inventarios teniendo en cuenta el menor valor entre el costo y el valor neto realizable (precio estimado de venta menos el costo estimado de venta y menos el costo de transformación), teniendo en cuenta que el costo de transformación lo tomarán solo las empresas que fabrican, produzcan o transformen, y no las empresas comerciales y de servicios.

Como resultado de nuestra incesante búsqueda de herramientas que te permitan crecer como profesional (desde el rol de contador, empresario, auxiliar contable o revisor fiscal) y actualizar tus conocimientos, te presentamos nuestra plataforma de actualización permanente –PAP–, en la cual tendrás acceso a las novedades y modificaciones más recientes presentadas por el gobierno nacional.

Un ejemplo de lo que encontrarás en esta actualización, «Cierre contable: Inventarios», al respecto, es lo siguiente:

  • Normatividad legal vigente
  • Antecedentes
  • Conciliación entre la contabilidad y la tributaria
  • Principales sectores de negocio
  • Evolución de la información financiera y fiscal
  • Conexión entre contabilidad financiera y tributaria
  • Contabilidad de causación, acumulación o devengo
  • Realización costo fiscal
  • Interés implícito como costo o gasto – sección 25 costos por préstamos
  • Pérdida por deterioro de valor parcial del inventario
  • Cálculo valor presente
  • Movimiento en el Kardex
  • Normatividad fiscal
  • Costo fiscal del inventario
  • Ejercicios prácticos

 

Realización costo fiscal – Obligados a llevar contabilidad

La ley tributaria establece la determinación de la realización del costo, desde el punto de vista fiscal para los obligados a llevar contabilidad, tomando el criterio del devengo, pero teniendo en cuenta las excepciones planteadas en el artículo 59 del ET. Una de estas, corresponde a los intereses implícitos como costo o gasto, y las pérdidas por deterioro de valor parcial del inventario.

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