Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Circular 53 de 10-10-2005


Actualizado: 10 octubre, 2005 (hace 19 años)

SUPERINTENDENCIA BANCARIA DE COLOMBIA

CARTA CIRCULAR 53 DE 2005
( Octubre 10 )  

   

Señores

REPRESENTANTES LEGALES Y REVISORES FISCALES DE LOS ESTABLECIMIENTOS BANCARIOS    

Referencia: Divulgación de los montos reajustados de los beneficios de inembargabilidad y exención de juicio de sucesión de depósitos de ahorro.

Apreciados señores:

Con el propósito de dar cumplimiento al artículo 2o del Decreto 564 de 1996, de conformidad con las facultades conferidas por el inciso cuarto del artículo 29 del Decreto 2349 de 1965, la Superintendencia Bancaria se permite informar los valores de los beneficios de la referencia, reajustados con base en el índice anual promedio de precios para empleados suministrado por el DANE entre el 1º. de octubre de 2004 y el 30 de septiembre de 2005 , como se relacionan a continuación:

•  El de inembargabilidad de los depósitos de ahorro constituidos en las secciones de ahorro de los bancos, hasta veintiún millones noventa y siete mil novecientos veintiséis pesos ($ 21´097.926 ) moneda corriente.

•  El de la suma que podrá entregarse directamente al cónyuge sobreviviente, a los herederos o a uno y otro conjuntamente según el caso, sin necesidad de juicio de sucesión, hasta treinta y cinco millones ciento sesenta y tres mil doscientos cinco pesos ($ 35´163.205 ) moneda corriente.

Los límites señalados rigen del 1º. de octubre de 2005 hasta el 30 de septiembre de 2006 .

Cordialmente,

JORGE PINZÓN SÁNCHEZ

Superintendente Bancario

0330

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