Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Circular Externa 003 del 27-02-2009


Actualizado: 27 febrero, 2009 (hace 15 años)

Superintendencia Financiera de Colombia
Circular Externa  003  
27-02-2009

Señores: Miembros de junta directiva, representantes legales y revisores fiscales de las entidades sometidas a la inspección y vigilancia de la superintendencia financiera de Colombia

Referencia: Modificación del medio de envío de los formatos e instructivos relacionados con el reporte de información a la Unidad Administrativa Especial de Información y Análisis Financiero –UIAF-.

Apreciados Señores:

Este Despacho en ejercicio de sus facultades, especialmente las consagradas en el numeral 9 del artículo 11 del Decreto 4327 de 2005, en el artículo 10 de la Ley 526 de 1999, y considerando que la Unidad Administrativa Especial de Información y Análisis Financiero –UIAF-, ha solicitado nuevamente efectuar algunas modificaciones y precisiones relacionadas con los reportes externos de que trata el numeral 4.2.7.2. Del Capítulo Décimo Primero del Título I de la Circular Básica Jurídica, a través de la presente circular externa imparte la siguiente instrucción:

Modificar los siguientes anexos del Capítulo Décimo Primero del Título Primero de la Circular Básica Jurídica, para precisar que el medio de envío de los formatos a los que se refiere el numeral 4.2.7.2. de dicho capítulo, se realizará, a partir del 1° de marzo de 2009, a través del Sistema de Reporte en Línea (SiReL), el cual es un sistema de información en ambiente web, desarrollado por la UIAF como mecanismo principal para recibir los reportes de información en línea:

  • Anexo I: Instructivo y documento técnico “Reporte de Operaciones Sospechosas – ROS”.
  • Anexo II: Instructivo y documento técnico “Reporte de Transacciones en Efectivo”.
  • Anexo III: Instructivo y documento técnico “Reporte de Clientes Exonerados del Reporte de Transacciones en Efectivo”.
  • Anexo IV: Instructivo y documento técnico “Reporte sobre operaciones de transferencia, remesa, compra y venta de divisas”.
  • Anexo V: Instructivo y documento técnico “Reporte de Información sobre transacciones realizadas en Colombia con tarjetas crédito o débito expedidas en el exterior”.
  • Anexo VI: Instructivo y documento técnico “Reporte productos ofrecidos por las entidades vigiladas”.

Las especificaciones relacionadas con el funcionamiento de este medio de envío, serán informadas directamente por la UIAF a través de los mecanismos que dicha Unidad establezca.

La presente circular rige a partir de su publicación y derogan las disposiciones que le sean contrarias.

Se anexan las páginas correspondientes.

Cordialmente,

ROBERTO BORRÁS POLANÍA
Superintendente Financiero de Colombia

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